OCU recuerda que el Consorcio no cubre daños por incendios forestales y pide ayudas para los afectados de Los Gallardos

Una casa calcinada en el incendio forestal, a 10 de julio de 2026, en Los Gallardos, Almería.
Una casa calcinada en el incendio forestal, a 10 de julio de 2026, en Los Gallardos, Almería. - JAVI CARRIÓN - EUROPA PRESS
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Publicado: martes, 14 julio 2026 12:24

MADRID 14 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha recordado, ante el incendio de Los Gallardos, que el Consorcio de Compensación de Seguros no cubre daños por incendios forestales y ha pedido ayudas para los afectados en Almería.

La OCU ha precisado que los incendios forestales no están considerados un "riesgo extraordinario" y que los daños ocasionados solo están cubiertos por los seguros privados que los afectados tuvieran previamente contratados, sin que el Consorcio de Compensación de Seguros intervenga en su cobertura.

Asimismo, ha informado de que, mientras los daños en la vivienda suelen estar incluidos en la mayoría de las pólizas de hogar, los daños en los vehículos no siempre están cubiertos por las pólizas básicas a terceros, siendo generalmente necesario contar con una póliza a todo riesgo o a terceros ampliado.

La organización ha advertido además de que la indemnización que pagarán las compañías dependerá en todo caso de la cobertura contratada, por lo que recomienda revisar con detalle las condiciones de la póliza.

En cuanto a los plazos, la normativa establece que los usuarios tienen siete días para comunicar el siniestro a su aseguradora. A partir de ese momento, las compañías disponen de 40 días para peritar los daños y ofrecer una indemnización provisional por el importe mínimo que puedan deber y de hasta tres meses desde que se produjo el siniestro para abonar la indemnización definitiva.

En caso de disconformidad con la indemnización ofrecida, la OCU ha recordado que hay que seguir el procedimiento previsto en el artículo 38 de la Ley de Contrato del Seguro. El primer paso es presentar a la aseguradora al menos un presupuesto detallado sobre la reparación o reconstrucción a realizar. Si la discrepancia se debe a la interpretación de la póliza, la reclamación debe dirigirse primero al servicio de atención al cliente.

Asimismo, la organización ha explicado que si la respuesta es negativa o no llega en un mes, el asegurado puede acudir al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones o, directamente, a la vía judicial, única instancia con capacidad para resolver definitivamente la controversia.

OCU ha aconsejado además a los afectados aportar el mayor número de pruebas posibles sobre el alcance de los daños, a través de vídeos, fotografías o documentos y recomienda guardar en otra ubicación una copia digital de los documentos más importantes --documentos de identificación, escrituras de propiedad, contratos y facturas-- para facilitar las reclamaciones.

Por otra parte, la entidad ha solicitado expresamente a las autoridades la puesta en marcha de ayudas extraordinarias para los afectados que no dispongan de un seguro privado que cubra los daños sufridos. En este sentido, OCU considera de gran utilidad la creación de una ventanilla única que permita a los afectados gestionar de forma "rápida y eficiente" las diferentes ayudas aprobadas por las distintas administraciones --central, autonómica y local--.

Por último, OCU ha lamentado que, como ha ocurrido en situaciones similares, los seguros "no siempre responden en modo y tiempo" y que en ocasiones retrasan o ponen trabas al pago de las indemnizaciones. La organización anima a los afectados a reclamar por incumplimientos de contrato si se produce esta situación.

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