Educación no fijará límites a la actualización de precios de los estudios universitarios

Europa Press Sociedad
Actualizado: martes, 16 julio 2013 16:52

MADRID 16 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades ha publicado una resolución en el Boletín Oficial del Estado según la cual, tampoco se establecerán límites de precio mínimo y máximo para la actualización de los precios universitarios en el próximo curso más allá de los porcentajes de cobertura de los precios públicos que dicta la Ley Orgánica de Universidades (LOU) desde que fue reformada en el marco de la racionalización del gasto.

La resolución, idéntica a la emitida el año pasado por las mismas fechas, evita así "establecer límites adicionales a los previstos" en la LOU para la fijación de los precios públicos de las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y Master.

Así, para el próximo curso, las comunidades autónomas deberán ceñirse simplemente a las previsiones de la citada norma, según la cual en enseñanzas de Grado los precios públicos cubrirán entre el 15 y el 25% de los costes en primera matrícula; entre un 30 y un 40% en segunda matrícula, de un 65 a un 75% en la tercera y entre 90 y el 100% a partir de la cuarta.

Según la misma ley, en las enseñanzas de Máster que habiliten para el ejercicio de actividades profesionales reguladas en España, los precios de la primera matrícula equivaldrán a entre un 15 y un 25% del coste, en segunda serán de un 30 a un 40%, en tercera oscilarán del 65 al 75% y a partir de la cuarta matriculación, corresponderán a entre el 90 y el cien por cien del total.

Los Máster no contemplados bajo este supuesto tendrán un precio que en primera matrícula equivaldrá al 40-50% del coste total, en segunda supondrá cubrir entre el 65 y el 75%. En las matriculaciones siguientes el alumno asumirá el cien por cien del coste real del curso, conforme los preceptos que se introdujeron el año pasado con la Ley de Medidas Urgentes de Racionalización del Gasto Público.

Hasta la aprobación de esta reforma, el Boletín Oficial del Estado publicaba cada año la horquilla de actualización de los precios de los estudios conducentes a un título universitario. Para el curso 2011/2012, por ejemplo, el límite inferior se fijó en el resultante de actualizar el IPC en los precios oficiales del curso anterior, mientras que el límite máximo se estableció en incrementar en cuatro puntos este precio.

Ahora, las comunidades autónomas tienen libertad para subir o bajar las tasas universitarias sin atender a límites como el Índice de Precios al Consumo, mientras respeten los porcentajes máximos de aportación económica de los alumnos que establece la normativa.

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