La Audiencia de Madrid prorroga la prisión provisional para los tres acusados del caso 'Nanysex'

Actualizado: martes, 22 mayo 2007 23:36


MADRID, 22 May. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Madrid ha prorrogado la prisión provisional para los tres implicados en el caso 'Nanysex', acusados de haber abusado sexualmente de varios menores de edad aprovechando su condición de canguro y de grabar las escenas y difundirlas por internet entre los años 2002 y 2004.

El auto de los jueces de la Audiencia de Madrid, al que ha tenido acceso Europa Press, recoge que Álvaro I.G., José G.C. y Eduardo S.M. se encuentran privados de libertad por esta causa desde mayo de 2005, y añade que deben permanecer en prisión "hasta el límite de cuatro años a computar desde su ingreso en la cárcel" por "la gravedad de los hechos que se les imputan a los procesados", para "evitar el riesgo de fuga" y debido a que "es previsible que el juicio se celebre a la mayor brevedad posible".

ACUSACIÓN DEL FISCAL

El escrito de conclusiones provisionales del representante del Ministerio Fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, considera probado que en una fecha no determinada del 2003, el acusado Álvaro I.G., "aprovechando la confianza que los padres de dos menores habían depositado en él al contratarle para cuidar a sus hijos" --trabajo que realizó en "tres o cuatro ocasiones"--, les agredió sexualmente.

Los niños habían nacido en marzo de 2001 y en septiembre del 2002, respectivamente, y todas las acciones fueron grabadas en vídeo por el propio acusado.

Además, Álvaro I.G., que compartía piso en Collado Villalba con los padres de un menor, nacido en noviembre de 2001, aprovechó de nuevo la confianza que los progenitores depositaron en el acusado para que cuidara a su hijo y, junto con Eduardo S.M., penetró analmente al niño, entre otros actos sexuales. Estos sucesos ocurrieron en fechas no determinadas entre noviembre de 2003 y febrero de 2004 y fueron grabadas y difundidas por internet.

Igualmente, entre abril y mayo de 2004, Álvaro I.G., que en aquellas fechas vivía con una madre y su hijo menor de edad, grabó "los tocamientos obscenos" que le hizo a este niño, nacido en febrero del 2002.

TERCER PORCESADO

Por su parte, el encausado José G.C. abusó sexualmente en el 2002 de dos menores, nacidos en abril y noviembre de 1996, respectivamente, "sin que conste el empleo de violencia o intimidación". En este caso, también se aprovechó de la confianza que transmitía a los padres cuando dejaban a sus hijos a su cuidado. En los vídeos que José G.C. grababa a estos dos los menores intervenía en diversas escenas el acusado Eduardo S.M., en las que "realizaba tocamientos" a los dos menores en la ducha. Estos vídeos también eran difundidos por internet. Ante estos hechos, los dos menores presentan como secuelas "ansiedad, conductas de escape y dispersión, malestar e inquietud".

Mientras, el imputado Antonio O.M. está acusado de intercambiarse con los anteriores procesados imágenes y vídeos a través de internet. En el registro que la policía practicó en su casa le fueron intervenidos distintos archivos de su ordenador que contenían pornografía infantil y que también difundía por la red.

El escrito del fiscal señala que "al tiempo de los hechos, Álvaro I.G. presentaba una parafilia de tipo pedófilo en el contexto de un trastorno de personalidad probablemente antisocial, sin alteraciones sustanciales en las facultades mentales superiores necesarias para comprender el valor y consecuencias de sus actos y dirigirlos libre y voluntariamente".

Sobre Eduardo S.M. el escrito recoge que "presentaba una parafilia de tipo pedófilo, sin alteraciones sustanciales en las facultades mentales superiores necesarias para comprender el valor y consecuencias de sus actos y dirigirlos libre y voluntariamente".

De José G.C. dice que tiene "una parafilia de tipo pedófilo en el contexto de una personalidad con rasgos dependientes, sin alteraciones sustanciales en las facultades mentales superiores necesarias para comprender el valor y consecuencias de sus actos y dirigirlos libre y voluntariamente".

El fiscal considera los hechos narrados constitutivos delitos de abusos sexuales, pero no de violación o agresiones sexuales al no existir "violencia o intimidación". El representante del Ministerio Público pide 36 años de cárcel para Álvaro, 24 años para José, 13 y medio para Eduardo y 10 para Antonio. En Álvaro y José concurre la agravante de abuso de confianza.