La CMT exige a Jazztel pagos adicionales a lo que ya desembolsó para financiar RTVE en 2009 y 2010

Imagen De Las Instalaciones De RTVE En Torrespaña
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 4 julio 2012 16:07

MADRID, 4 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha exigido a Jazztel que abone sendas liquidaciones complementarias, por un valor conjunto de 117.793 euros, a lo que la compañía de telecomunicaciones ya pagó en 2009 y 2010 para financiar RTVE.

En una resolución del regulador, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Consejo de la CMT, reunido el día 28 de junio, advierte de que ha encontrado "discrepancias entre los datos declarados por Jazztel en sus autoliquidaciones correspondientes a los ejercicios 2009 y 2010" a la hora de calcular la base sobre la que pagar la tasa de RTVE y los importes de sus ingresos brutos de explotación reconocidos posteriormente por la propia operadora a petición de la CMT.

En este sentido, el organismo regulador señala que Jazztel no incluyó todos sus ingresos brutos a la hora de aplicar el 0,9 por ciento que están obligados a pagar las empresas de telecomunicaciones para financiar RTVE sobre sus resultados de 2009, año en que se aprobó la Ley de Financiación de RTVE, que hizo desaparecer la publicidad de TVE, y de 2010, primer año completo en el que estuvo vigente el nuevo modelo.

QUEJAS DE JAZZTEL A LA LEY

Asimismo, la CMT desestima las alegaciones presentadas contra la Ley de Financiación de RTVE por Jazztel, que se queja de que la aportación creada por dicha ley es "contraria a los principios de no confiscatoriedad, de progresividad, capacidad económica y de igualdad tributaria", que se establecen en el artículo 31 de la Constitución.

En este sentido, Jazztel sostiene la base imponible de la aportación establecida en la Ley de Financiación CRTVE "no se limita a los ingresos percibidos por la prestación de servicios audiovisuales, sino que alcanza a prácticamente la totalidad de los ingresos que percibe el operador de telecomunicaciones", lo que considera "deproporcionado".

Así, se queja de que la ley establece un "efecto confiscatorio" sobre la actividad audiovisual del operador de telecomunicaciones y la "actividad de telecomunicaciones en su totalidad al obligarle a abonar un importe que supera lo ingresado por ese negocio y grava el resto de los ingresos dificultando así la continuación del negocio de telecomunicaciones".

Ante estas críticas, semejantes a las que el resto de operadores de telecomunicaciones han planteado en diversas ocasiones a la CMT, el organismo regulador español responde que, como ya ha expuesto "en repetidas ocasiones" no puede dejar de aplicar una ley en vigor, "por muy razonables que puedan ser las dudas en cuanto a su constitucionalidad o su acomodo al ordenamiento jurídico comunitario".

Así, señala que "tratándose de normas vigentes, deben ser observadas y cumplidas" mientras que "los supuestos vicios de inconstitucionalidad" aducidos por las empresas de telecomunicaciones "no sean constatados por el órgano competente".

Las empresas de telecomunicaciones están obligadas a aportar a RTVE el 0,9 por ciento de sus ingresos; las cadenas privadas en abierto, el 3 por ciento, y las de pago, el 1,5 por ciento. Actualmente, el Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TUE) está estudiando si la tasa española respeta la normativa europea, a propuesta de la Comisión Europea, que llevó el caso español ante el tribunal europeo en marzo de 2011.