Archivo - Fachada de la sede de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), a 20 de julio de 2026, en Madrid (España). - Marta Fernández - Europa Press - Archivo
MADRID, 2 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Veo TV, responsable del canal Gol TV, por emitir publicidad de apuestas fuera del horario permitido y por patrocinios con mensajes promocionales.
Así lo ha dado a conocer este viernes la CNMC, que ha explicado que la Ley General de Comunicación Audiovisual establece que las comunicaciones comerciales relacionadas con juegos de azar y apuestas solo pueden emitirse entre la 1.00 y las 5.00 horas.
En este caso, la CNMC considera acreditada la emisión de publicidad de BW Scores antes del inicio de esa franja horaria. "Aunque el mensaje publicitario se presentaba como una aplicación de información deportiva, la creatividad incluía referencias a apuestas que permiten considerar que la comunicación estaba relacionada con actividades de juego y apuestas a efectos de la normativa audiovisual", ha indicado.
La resolución del organismo estatal recuerda que lo relevante no es únicamente quién presta el servicio anunciado, sino también la relación objetiva de la comunicación comercial con el ámbito de las apuestas.
"El patrocinio audiovisual tiene un régimen específico en la Ley Audiovisual. Su finalidad es asociar una marca, empresa o actividad a un programa, pero no puede convertirse en una comunicación comercial destinada a promover directamente la contratación de productos o servicios", ha señalado.
En concreto, la ley prohíbe que los patrocinios incluyan referencias promocionales concretas que inciten directamente a la compra o contratación.
La resolución analizó varias inserciones emitidas en Gol TV vinculadas a Finetwork y Banco Santander. Según ha concretado, en los mensajes se incluían referencias a ofertas concretas, precios promocionales y ventajas asociadas a la contratación de determinados servicios.
La CNMC considera que estas comunicaciones "iban más allá de la mera identificación del patrocinador y se acercaban a la publicidad comercial, por lo que incumplían las condiciones que la Ley Audiovisual establece para los patrocinios".
La sanción total ascendía a 135.555 euros. Tras acogerse al pago voluntario previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo, Veo TV obtuvo una reducción del 20%, por lo que el importe final abonado fue de 108.444 euros.