SANTIAGO DE COMPOSTELA, 13 Dic. (EUROPA PRESS) -
El fiscal mantiene su petición de 10 años de cárcel para el acusado de un incendio forestal que se produjo en Ames (La Coruña) en agosto de 2006, después de que, en la segunda y última jornada del juicio, la perito declarase que José Ramón G. "sabe lo que hace", pese a tener "importantes mermas y casi nulos recursos en el plano intelectual".
Precisamente, el del trastorno de personalidad ha sido uno de los argumentos esgrimidos por la defensa, que solicita la libre absolución del hombre, sin antecedentes penales, por "no poder acreditarse" la forma en que se produjo el fuego y considerar que las acusaciones se basan en "metasuposiciones", ya que José Ramón G. se encontraba en las inmediaciones de los hechos aquel 4 de agosto.
En todo caso, de resultar culpable, la abogado pide que se le apliquen atenuantes por dilaciones indebidas --pasaron seis años--, porque "no se concretó el peligro para las vidas" que aduce el fiscal --el fuego llegó a rodear al menos una casa en la parroquia de Viduído-- y por el mencionado trastorno psíquico.
La declaración de la perito psicóloga del Instituto de Medicina Legal de Galicia --que se ha realizado por videoconferencia al encontrarse esta en Vigo-- ha situado "por debajo de lo normal" el coeficiente intelectual del individuo.
Por su parte, los médicos forenses --también del Imelga-- calificaron los resultados --93 y 71, en distintas pruebas-- de "dentro de lo normal". "Para entrar en el Ejército se exige un 70", ha destacado el director del Imelga, Benito López de Abajo.
De hecho, López de Abajo ha especulado en su declaración en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña con sede en Santiago con que el acusado, que fue visto en la zona del incendio por dos patrullas de la Policía Local --y alegó que estaba esperando a que una señora le trajese gasolina--, quizá "pensó que era mejor quedarse que escapar". "Tiene la capacidad de argumentar que no lo hizo y de elaborar una versión que le interesa", ha argumentado.
Igualmente, la psicóloga, que sí ha señalado un "defecto significativo" del coeficiente intelectual, ha resaltado que el acusado "sabe lo que hace" y que se "puede ser inteligente para otro tipo de tareas" que no impliquen, por ejemplo, conocimientos matemáticos.
CONCLUSIONES
Así las cosas, en su relato de conclusiones, el fiscal Antonio Roma ha explicado por qué mantiene su reclamación de 10 años de prisión, que es la pena más baja que contempla la calificación jurídica en que cree que se encuadra el caso enjuiciado --puede llegar hasta 20--.
El peligro para la vida de las personas, elementos que atribuyen "inmediatez temporal y espacial" del acusado en el lugar del fuego y la "falta de explicación" de dichas circunstancias han sido el eje del discurso del fiscal, para quien, entre otras cosas, es extraño que "no se sepa si llegó en algún momento" la señora que presuntamente iba a ayudar a José Ramón G., trayéndole la gasolina sin la que se había quedado.
De hecho, las garrafas que se encontraron en el vehículo del acusado son otro de los puntos a los que se ha referido Roma, que se ha preguntado "qué hacía una lata con gasolina allí", junto a un total de 14 mecheros --que el acusado aseguró coleccionar--.
Por su parte, la abogada de la defensa ha cuestionado que el registro del vehículo --donde se localizaron tres garrafas: una con agua, otra con agua y disolvente y la tercera con un "fuerte olor" a gasolina-- se realizó el 1 de septiembre de 2006, "casi un mes después de los hechos que se le imputan" a su cliente.
Previamente, el fiscal ha incidido también en que el imputado "pudo decir" que esa tercera garrafa "era la que le trajo" la mujer a la que pidió ayuda. "Pero no nos dijo eso", ha apostillado.
"SUBTIPO ATENUADO"
Tras hacer hincapié en que las dimensiones del fuego, que quemó unas 170 hectáreas de monte, lo convierten en "grave y de trascendencia", el fiscal Antonio Roma ha hecho referencia al "subtipo atenuado" porque "es verdad" que existe un "lapso de tiempo" entre los hechos y el juicio y ha dicho al juez, el presidente de la Audiencia Ángel Pantín, que sea el tribunal "el que valore" esta y otras cuestiones "a tener en cuenta".
Por último, la defensa ha expuesto que "nadie lo vio --al acusado-- incendiar al monte", que "no consta que se ausentase de su vehículo" y que "no resulta factible que en tan poco tiempo" --en el margen de una o dos horas-- "pudiera haber provocado dos focos" separados entre sí por unos 300 metros de distancia.
Además, ha recordado que uno de los policías que declaró este miércoles como testigo reconoció que, en 2006, la pista en la que estaba estacionado José Ramón G. era "muy frecuentada" por automóviles.
La abogada ha censurado que no se hiciesen catas del terreno para demostrar que, efectivamente, se utilizó algún acelerante para que ardiese el monte y, finalmente, ha comentado que "no procede" la reclamación de perjuicios por unos 150.000 euros --para particulares-- y otros 32.000 --para la Consejería de Medio Rural, por los gastos de la extinción--.
Este jueves han vuelto a declarar como testigos vecinos de Ames afectados por la quema de fincas, quienes ratificaron que las llamas llegaron "muy cerca" de viviendas y, al término de la sesión, el acusado ha declinado volver a pronunciarse ante la invitación del magistrado, por lo que el juicio ha quedado visto para sentencia.