Mujeres maltratadas en estado de alarma y confinamiento: Estos son los recursos a los que acudir

Teléfonos de atención a las víctimas de violencia de género
Teléfonos de atención a las víctimas de violencia de género - EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 27 marzo 2020 12:49

   MADRID, 27 mar. (EDIZIONES)

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   Tras la declaración del estado de alarma y las medidas de confinamiento en los hogares, así como el cierre de muchos servicios por la crisis del coronavirus en España, el Ministerio de Igualdad ha tenido en cuenta la situación de las mujeres que puedan estar sufriendo violencia de género en sus hogares y ha elaborado una guía para informar sobre los recursos activos y disponibles a los que acudir durante el estado de alarma.

   El documento 'Estamos contigo. La violencia de género la paramos unida', recopila recursos clave a los que acudir en caso de sufrir violencia de género durante el confinamiento, así como consejos disponibles y cómo usarlos en distintas situaciones.

¿NECESITAS INFORMACIÓN GENERAL O ASESORÍA JURÍDICA?

   En este caso, el Ministerio recomienda a las mujeres que llamen al 016 o escriban un correo electrónico al 016-@online@mscbs.es para poder recibir asesoramiento sobre los recursos disponibles y los derechos de las víctimas de violencia de género. Este teléfono está disponible todos los días de la semana durante las 24 horas.

   Para las mujeres que buscan asesoramiento jurídico podrán llamar al mismo teléfono desde las 8.00 hasta las 22.00 horas todos los días de la semana. El servicio se presta en 52 idiomas y también cuenta con atención adaptada a posibles situaciones de discapacidad (www.telesor.es y www.svisual.org).

¿NECESITAS APOYO PSICOLÓGICO?

   Las mujeres que puedan estar sufriendo violencia de género en sus hogares deben buscar apoyo de familiares y amistades de confianza, pero en caso de necesitar un apoyo emocional inmediato, el Ministerio ha puesto un servicio rápido a través de la aplicación WhatsApp.

   Para poder utilizarlo, las mujeres podrán contactar con este servicio y escribir mensajes a través de WhatsApp a estos dos teléfonos: 682916136 y 682508507.

¿TE ENCUENTRAS EN UNA SITUACIÓN DE EMERGENCIA?

   Si las mujeres se encuentran en una situación de emergencia, la guía recomienda que llamen al 112 o a los teléfonos de emergencias de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062).

   En caso de que no sea posible realizar una llamada, también pueden descargarse la aplicación ALERTCOPS en sus teléfonos móviles. Esta aplicación enviará una señal de alerta a la Policía en la que aparecerá la localización de la persona que lo utilice.

¿TIENES MIEDO O TE SIENTES EN UNA SITUACIÓN DE PELIGRO?

   Ante una situación de peligro, el Ministerio recomienda que se abandone el domicilio y se solicite ayuda para contactar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

   Al estar en estado de alarma, en situaciones de peligro o emergencia, salir del domicilio no contará con una sanción, siempre y cuando esté justificada para dirigirse a cualquiera de los recursos policiales, judiciales o de otro tipo disponibles.

   En caso de no poder salir de la vivienda, deben buscar un lugar seguro en el que resguardarse e intentar pedir ayuda a personas que se encuentren en su entorno. El Ministerio también recuerda el uso de la 'app' ALERTCOPS para contactar con la Policía.

   Para las mujeres que no pueden permanecer en su domicilio y carecen de otro lugar en el que quedarse, existen centros de emergencia y de acogida, que han sido declarados servicios esenciales.

   Sin embargo, en la mayoría de estos servicios no se permite la entrada de animales de compañía. Para las mujeres que no quieran dejar a sus mascotas en el domicilio de su maltratador, la Dirección General de Derechos de los Animales ha puesto en marcha un teléfono de atención para gestionar espacios seguros para los animales: 673765330.

¿TU MALTRATADOR QUEBRANTA UNA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE COMUNICACIÓN?

   En caso de que el maltratador cuenta con una medida de prohibición de comunicación y haya quebrantamiento, el Ministerio señala que las mujeres deben informar a su abogado o al agente policial que lleve el caso, ya que el quebrantamiento es un delito y puede ser denunciado ante las autoridades policiales y judiciales.

   Si existe una medida de prohibición de comunicación, cualquier contacto es un delito, por lo que es necesario guardar en el dispositivo móvil el registro de llamadas y mensajes como prueba.

¿TIENES HIJOS EN COMÚN?

   Si cuenta con hijos en común, se puede solicitar la suspensión cautelar de visitas con motivo del estado de alarma. Según el Acuerdo del Consejo General del Poder Judicial del 13 de marzo de 2020, existe la posibilidad de que el juzgado e familia competente "acuerde la suspensión cautelar de las visitas durante el estado de alarma", siempre valorando el riesgo de contagio derivado de la movilidad de los niños.

   Para ello, el abogado debe remitir al del progenitor no custodio una copia del escrito presentado en el juzgado, en el que se pida expresamente que, mientras no haya respuesta judicial, se de por suspendido el régimen de visitas hasta que finalice el estado de alarma.

   Además, el Ministerio advierte de que es posible que después se compensen las visitas que no hayan sido disfrutadas por el otro progenitor.

   En caso de tener una custodia compartida de los hijos, es aconsejable que los niños permanezcan en el domicilio del progenitor en el que se encontrasen cuando se declaró el estado de alarma o, si ha habido cambios, en el último domicilio.

   Asimismo, es posible recibir una denuncia en caso de incumplir las visitas durante el estado de alarma. "No se puede adelantar la valoración judicial de cada caso, si se considerará el estado de alarma impedimento insuperable para el cumplimiento y por tanto se estimará justificada la suspensión temporal de las visitas, o no", indica la guía.