El Papa León XIV firma una nueva 'Constitución' que confirma que una mujer puede gobernar la Ciudad del Vaticano

El Papa León XIV.
El Papa León XIV. - Vatican Media / Zuma Press / Europa Press / Contac
Europa Press Sociedad
Publicado: viernes, 31 julio 2026 14:10

MADRID 31 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Papa León XIV ha firmado este viernes 31 de julio la nueva Ley Fundamental del Estado de la Ciudad del Vaticano, que incorpora en una única norma la reforma introducida por Robert Prevost mediante el Motu Proprio de noviembre de 2025 por la que se permite que laicos y mujeres puedan ocupar la presidencia de la Comisión Pontificia para el Estado de la Ciudad del Vaticano.

Según se explica en el preámbulo de la nueva ley, esta normativa sustituye a la de 2023 para responder a la necesidad de "tener en cuenta nuevas exigencias de gobierno y algunas importantes modificaciones normativas introducidas en el curso de los últimos años".

La nueva norma, que entra en vigor de inmediato, confirma el cambio que ya introdujo León XIV cuando derogó el apartado primero del artículo 8, de la anterior Ley Fundamental, que establecía que únicamente los cardenales podían desempeñar el cargo de presidente de la Comisión Pontificia para el Estado de la Ciudad del Vaticano.

Actualmente ese cargo lo ocupa la religiosa Raffaella Petrini, quien también ejerce como presidenta de la Gobernación del Estado de la Ciudad del Vaticano.

El artículo 8 de la nueva Ley Fundamental establece que "la Pontificia Comisión está compuesta por cardenales y por otros miembros, entre ellos el presidente, nombrados por el Sumo Pontífice por un período de cinco años".

En cuanto a la función ejecutiva, la nueva ley confirma, por un lado, la misión de la Gobernación, cuya estructura organizativa "contribuye a la misión del Estado y está al servicio del Sucesor de Pedro, a quien responde directamente". Por otro lado, precisa las competencias del presidente y del secretario general, así como su relación de colaboración.

En concreto, incluye un nuevo artículo en el que establece que el presidente de la Gobernación "garantiza la gobernanza del Estado, supervisa la función ejecutiva y de implementación de las leyes y otros actos reglamentarios, emite las directivas necesarias para la organización general del Estado, define las directrices de gestión administrativa y de personal, y coordina los órganos de la Gobernación".

Además, añade que el presidente, "asistido por el Secretario General y, si es designado, por el Secretario General Adjunto, podrá delegar ciertas funciones ejecutivas en el Secretario General y el Secretario General Adjunto".

Sobre las funciones del secretario general que debe ser "nombrado por el Sumo Pontífice, a propuesta del Presidente de la Gobernación, por un período de cinco años", la norma dicta que su función es la de asistir al presidente en el ejercicio de sus funciones, implementar las directivas y disposiciones del presidente y adoptar las medidas resultantes, reemplazarle en su ausencia y velar por la custodia y estampa el sello oficial del Estado.

Respecto a la función judicial, el artículo 22, apartado 1, confirma expresamente que el régimen jurídico de los órganos judiciales se rige por la Ley sobre el ordenamiento judicial.

En concreto, precisa que "la función judicial es ejercida, en nombre del Sumo Pontífice, por el Tribunal, el Tribunal de Apelación y el Tribunal de Casación a efectos de juzgar; y por la Procuraduría de Justicia a efectos de investigación y enjuiciamiento" y añade que "la personalidad jurídica de los órganos judiciales se establece en la Ley del Poder Judicial".

El texto también señala que, como ya ocurría anteriormente, "a los órganos de gobierno y a quienes, con distintas responsabilidades y animados por un verdadero espíritu eclesial, prestan de manera estable su servicio al Estado, se les confiere el ejercicio de todas las potestades correspondientes en el territorio definido por el Tratado de Letrán y en los inmuebles y áreas donde actúan instituciones del Estado o de la Santa Sede y donde, en virtud del derecho internacional, están vigentes garantías e inmunidades personales y funcionales".

Contador

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado