Una sentencia permite a una mujer reducir su jornada laboral para ocuparse de su hijo menor de seis años

Actualizado: domingo, 4 marzo 2007 18:39


MADRID, 4 Mar. (EUROPA PRESS) -

Una sentencia emitida por el Tribunal Constitucional (TC) ha dado la razón a una mujer trabajadora del centro comercial del Alcampo del distrito de Vallecas para reducir su jornada laboral para ocuparse de "la guarda legal de un hijo menor de seis años".

Esta sentencia, que corrige a otra emitida por el Juzgado de lo Social nº 1 de la Comunidad de Madrid que desestimó la petición de la mujer, no tendrá, sin embargo, validez legal porque, una vez que fue emitida, su hijo ya había sobrepasado la edad de seis años estipulada para que pueda ejercerse el derecho.

La trabajadora pertenece al sindicato Unión General de Trabajadores (UGT) y recibió el asesoramiento legal de esta sección de trabajadores de Vallecas para solicitar el recurso de amparo ante el TS.

Según la UGT, aunque el fallo judicial no tenga validez legal en la situación actual de la mujer sienta un precedente jurisprudencial "en la corrección de situaciones de discriminación indirecta de las mujeres, concretadas en la limitación de derechos". "La sentencia prima el derecho de las trabajadoras al cuidado de sus hijos sobre razones productivas", apunta el comunicado enviado a los medios por el sindicato.

El mandato a la protección de la familia (artículo 39 de la Constitución) y el derecho a la no discriminación por razón de sexo (artículo 14) son dos de los preceptos de la máxima norma jurídica, alegados por la mujer trabajadora que se vulneraban en su situación laboral.