LAS PALMAS 19 Jun. (EUROPA PRESS) -
El viceconsejero de Turismo del Gobierno de Canarias, Ricardo Fernández de la Puente Armas, ha destacado que "la futura normativa (en materia turística]) busca la cualificación de las urbanizaciones, núcleos y productos turísticos mediante la renovación y diversificación de su oferta, la especialización de usos y la modulación del crecimiento de la planta turística".
Así se manifestó este martes durante su intervención en una jornada divulgativa del 'Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad' de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria), organizada por el Gobierno autónomo y el Ayuntamiento del sur de la isla.
Entre los objetivos de esta ley están: ordenar y modular el crecimiento ligado a la mejora de la calidad de la planta disponible e implantación de nuevos equipamientos, incrementar calidad y categoría de los establecimientos, evitar y reconducir la residencialización de las áreas turísticas, dotar a la Administración de instrumentos jurídicos eficaces, recuperar la imagen de los núcleos turísticos consolidados y favorecer gestión pública coordinada y plazos razonables.
Con todo, el viceconsejero agregó que la Ley 6/2009 de 6 de mayo de Medidas Urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo supuso un fuerte impulso para la renovación turística.
Esta norma planteó un conjunto de medidas e incentivos para la renovación y mejora de la calidad de la oferta turística, así como del espacio público de los núcleos turísticos consolidados, que se han ido incorporando mediante diferentes convenios urbanísticos a los 'Planes de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad del sector turístico'.
Fernández de la Puente Armas explicó que "el Gobierno de Canarias considera que la cualificación del espacio turístico va más allá de los establecimientos privados, por lo que es fundamental apostar, también, por la renovación urbana, entendiendo ésta como la regeneración integral de las urbanizaciones y núcleos turísticos de Canarias mediante intervenciones públicas y privadas".
Aquí, la futura Ley contemplará, entre otros aspectos, cómo excepciones a los límites del crecimiento de plazas turísticas de alojamiento en las islas de Lanzarote, Fuerteventura, Gran Canaria y Tenerife, a aquellos proyectos que dispongan de licencia urbanísticas.
Además, deberán por objeto: la renovación edificatoria de establecimientos turísticos; la materialización de plazas turísticas procedentes de proyectos de renovación; los hoteles de categoría cinco estrellas gran lujo; y los establecimientos de alojamiento en cualquier modalidad y tipología que provengan de las operaciones de especialización de usos programados por el planeamiento para separar los usos turísticos y residenciales.
"SE TRATA DE AGILIZAR Y SIMPLIFICAR LA CUALIFICACIÓN TURÍSTICA"
Señaló "que se trata de agilizar y simplificar la cualificación turística, no sólo de los alojamientos sino también de la oferta complementaria. También trata de impulsar la renovación urbana, no sólo de establecimientos privados, y reducir usos residenciales en suelos turísticos".
Por otra parte, el viceconsejero apuntó que los nuevos establecimientos alojativos deberán acreditar la previa suscripción de un convenio con el Servicio Canario de Empleo para que, al menos durante seis años desde la apertura, el 70% de los trabajadores sea seleccionados y formados por el Servicio Canario de Empleo.
"A efectos de incrementar el proceso de cualificación --insistió--, la presente ley ajusta la gama de incentivos que la Ley de Medidas Urgentes preveía. Así, a los incentivos en materia de plazas adicionales se añaden, los de incremento en la edificabilidad y cumplimiento matizado de los estándares de densidad de parcela a los establecimientos que ahora procedan a la renovación, además de la posibilidad de aplicar incentivos de carácter económico".
Además, dijo que el Ejecutivo autónomo considera que es preciso dotar a la administración actuante de medios eficaces para remover los obstáculos que puedan interponerse en la marcha de las iniciativas para la cualificación, reforzando los mecanismos de intervención y posibilitando la sustitución de establecimientos deteriorados, o donde el uso turístico se haya alterado, por otros de mayor calidad y categoría.
"La Ley parte del deber que tienen los titulares de establecimientos y actividades turísticas de mantener, conservar, mejorar y rehabilitar los inmuebles e instalaciones en las condiciones requeridas para el uso efectivo establecido por la normativa turística y el planeamiento; y proporciona técnicas administrativas efectivas para que, cuando concurran las condiciones establecidas, puedan imponerse por la Administración las actuaciones de conservación, mejora y rehabilitación", concluyó.