¿Qué deben cumplir Eulen y trabajadores con el laudo?

Marcos Peña entrega el laudo a las partes en Madrid
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 31 agosto 2017 18:17

MADRID, 31 Ago. (EPTURISMO) -

Marcos Peña, el árbitro designado por el Gobierno para poner fin al conflicto en El Prat, ha comunicado hoy a Eulen y al comité de huelga el contenido del laudo de obligado cumplimiento para las partes. Según recoge en el laudo, de 28 páginas, ha tomado su resolución bajo el principio de "equidad".

El árbitro hace propia la propuesta de mediación de la Generalitat en materia salarial y de aumento de plantilla, que fue aceptada por Eulen y rechazada por los trabajadores. Peña reconoce que dicha mediación ha sido determinante para la elaboración del laudo por su "rigor técnico y la ponderación en equidad" de la propuesta.

Las medidas adoptadas pueden resumirse en los siguientes puntos:

1. Salarios: El laudo establece un complemento salarial de 200 euros para todos los trabajadores en 12 pagas, con carácter retroactivo desde el 4 de agosto de 2017 (los trabajadores reclaman 350 euros). El complemento absorberá los anteriores por puesto de trabajo en Aena. El salario base de un trabajador de seguridad de aeropuerto asciende a 1.100 euros brutos (907 euros más).

2. Aumento de plantilla: Se aumentará la plantilla a cinco trabajadores por filtro, más un corre-turnos de 25 puestos de trabajo en las franjas de máxima afluencia y horas punta. En temporada baja, garantizarán los turnos de descanso. Se creará un registro para facilitar el seguimiento de su tarea con transparencia.

3. Sanciones y expedientes iniciados: El laudo deja sin efecto las sanciones impuestas por la empresa y los expedientes iniciados. Además, señala que las partes no podrán adoptar nuevas medidas de conflicto y huelga en relación a las cuestiones de las que el laudo es objeto.

4. Radioscopia: La empresa deberá formar en radioscopia a todos los trabajadores. El plus de radioscopia queda supeditado a los que decidan los tribunales, por ser causa judicializadda.

5. Plan de Igualdad: Se estipula la actualización de la evaluación de riesgos y del Plan de Igualdad de la empresa. Además, se valorará en qué medida la estructura del empleo en el centro de trabajo y su distribución por género incide en la efectividad de la igualdad de género en el trabajo y en el empleo.

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