La justicia europea se inclina por condenar a España por aplicar mal el IVA a las agencias de viajes

Carteles de las agencias de viaje
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 6 junio 2013 12:33

BRUSELAS, 6 Jun. (EUROPA PRESS) -

La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), Eleanor Sharpston, ha pedido este jueves condenar a España por aplicar incorrectamente las normas comunitarias sobre el IVA para las agencias de viajes, lo que según Bruselas provoca distorsiones de competencia.

El dictamen da parcialmente la razón a la Comisión Europea, que había denunciado a España ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo.

Las opiniones de la abogada general no tienen carácter vinculante, aunque el Tribunal de Luxemburgo sigue sus recomendaciones en el 80% de los casos. Los jueces empiezan ahora a deliberar y la sentencia se dictará en un momento posterior.

En concreto, la abogada general considera que España incumple la directiva sobre el IVA en tres aspectos. En primer lugar, al excluir, de las ventas efectuadas por las agencias de viajes minoristas, los viajes organizados por agencias mayoristas. Tampoco respeta la norma al autorizar a las agencias de viajes a consignar en la factura una cuota global que no guarda relación con el IVA efectivo repercutido al cliente.

En tercer lugar, es contrario a la legislación comunitaria autorizar a las agencias de viajes a determinar la base imponible del impuesto de forma global para cada periodo impositivo.

La directiva sobre el IVA incluye disposiciones especiales (el llamado régimen especial de imposición del margen) para las agencias de viajes que vendan viajes combinados. El objetivo de este régimen es simplificar la aplicación del impuesto, teniendo en cuenta que los diferentes elementos de los viajes combinados pueden situarse en países distintos y, por lo tanto, someterse a distintas normas sobre el IVA.

Las agencias de viaje pueden acogerse a este sistema cuando vendan viajes combinados a los viajeros. Bruselas denunció también a España por permitir que este régimen se aplique a las ventas entre agencias de viajes. Pero la abogada general concluye que este supuesto no vulnera la legislación comunitaria.