Un nuevo decreto ordenará los alojamientos de turismo rural de CyL

Imagen De Casa Rural
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 3 mayo 2012 17:20

VALLADOLID, 3 May. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha sido informado del proyecto de nuevo decreto que ordenará los alojamientos de turismo rural de Castilla y León, un texto que incorporará las novedades realizadas en la Ley de Turismo de Castilla y León de 2010 en el apartado de alojamientos de turismo rural.

Según ha explicado el portavoz de la Junta, José Antonio de Santiago-Juárez, algunas de las novedades que aporta este Decreto son la creación de la figura de Hotel Rural --que se une a las figuras de Casa Rural y Posada--, o el establecimiento de un sistema de categorización específico de una a cinco estrellas para todos los alojamientos de turismo rural en función de sus instalaciones, equipamientos y servicios.

Este proyecto de decreto ha sido enviado a todos los miembros del Consejo Autonómico de Turismo para el inicio de la fase de alegaciones aunque el borrador ha contado ya en su elaboración con la participación del sector turístico. Así, en julio de 2011 se constituyó un grupo de trabajo con responsables de la Consejería de Cultura y Turismo, dos representantes de la Federación de Alojamientos de Turismo Rural (ACALTUR) y un representante de la Federación Castellano y Leonesa de Empresarios de Hostelería.

Según la Junta, este grupo ha mantenido reuniones periódicas en las cuales se ha ido perfilando este borrador.

El portavoz ha recordado que el cambio de decreto tiene por objeto incorporar las novedades realizadas en la Ley de Turismo de Castilla y León de 2010 en el apartado de alojamientos de turismo rural y ahora se inicia su procedimiento final que arranca con el periodo de alegaciones y tras los informes del Consejo Económico y Social y el Consejo Consultivo terminará el proceso con la aprobación del Decreto por parte del Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León.

Según ha defendido, con el decreto anterior, de 1995, Castilla y León ha experimentado un "crecimiento progresivo" del turismo rural hasta consolidarse en posiciones de liderazgo nacional, con una oferta de 3.883 establecimientos de este tipo y 34.304 plazas.

A su juicio, la experiencia de este periodo y la propia evolución del sector han puesto de manifiesto la conveniencia de modificar esta regulación para facilitar que esta oferta se adecue a los objetivos de la demanda. Así, el proyecto de decreto que ha trasladado hoy la consejera de Cultura y Turismo, Alicia García, al Consejo de Gobierno y a los miembros del Consejo Autonómico de Turismo regula los establecimientos de alojamiento de turismo rural en Castilla y León y trata de establecer su régimen jurídico.

OBJETIVOS DEL DECRETO.

El nuevo decreto tiene cuatro objetivos que pasan por impulsar una modernización y mejora de los alojamientos de turismo rural en Castilla y León que permita articular una oferta sólida y diversificada en un marco de creciente competencia y por fomentar una adaptación de la oferta de este tipo de alojamiento a los cambios de la demanda, con unos turistas que demandan cada vez más servicios e instalaciones de calidad.

También abogad por impulsar la calidad del sector de turismo rural, referencia dentro y fuera de Castilla y León y por mejorar la información al cliente final favoreciendo, a través de la mejora de la oferta de alojamiento de turismo rural de la Comunidad, la elección del destino turístico Castilla y León.

NOVEDADES QUE INCORPORA EL PROYECTO DE DECRETO.

El decreto aporta entre sus principales novedades un régimen de categorización de los alojamientos de turismo rural en cinco categorías, en función de sus instalaciones y servicios. Este número de categorías responde tanto a la tendencia detectada en el resto de Europa como a la propia realidad de Castilla y León.

Según el portavoz, esta categorización es uno de los aspectos más demandados por el propio sector, "cuya regulación será beneficiosa tanto para las empresas -porque la categorización supone un incentivo para la mejora de la gestión empresarial- como para el turista -porque adecuará los servicios a sus expectativas y necesidades y le proporcionará mayor seguridad en la elección del alojamiento-".

Otra de las novedades es la creación y regulación de la figura de Hotel Rural, que responde a una exigencia del propio sector y a la necesidad de regular y promocionar en el marco del Turismo Rural esta figura de alojamiento que existe en el medio rural.

Por lo que se refiere a la regulación de las Casas Rurales se aumenta el número máximo de plazas que pueden ofrecer de 10 a 16, "adaptándose así a la realidad del sector". Para adaptarse a la realidad del sector, desde la entrada en vigor de este decreto no se podrán presentar más declaraciones responsables de inicio de actividad de Casas Rurales de alojamiento compartido, aunque se respetan las ya existentes.

El decreto introduce un "novedoso" régimen de funcionamiento de los alojamientos de Turismo Rural, que incluye la delimitación de lo que debe entenderse por servicios comunes a todo el establecimiento y servicios complementarios que pueden ofertarse a los clientes y diversos aspectos relativos a los precios, reservas, cancelación de reservas, desistimiento del servicio, facturación o pago de los servicios.

Destaca también como novedad que se excluyen expresamente del ámbito de aplicación del Decreto los arrendamientos urbanos y se prohíbe, desde su entrada en vigor, la ubicación de alojamientos de turismo rural en zonas próximas a fábricas, polígonos industriales, vertederos, así como en urbanizaciones de nueva planta, medida dirigida a preservar y fomentar la calidad de nuestro turismo rural desde su base.

El nuevo decreto no contempla la figura del Centro de Turismo Rural (CTR), suprimida por la Ley 14/2010, y otorga un plazo de 6 meses a los titulares de los CTR existentes a su entrada en vigor para adaptarse a la figura de Hotel Rural.

Para el portavoz también es novedosa la regulación de los requisitos técnicos de cada una de los tres tipos de alojamiento de turismo rural, adaptándolos a la realidad actual y a las exigencias de los turistas (instalaciones mínimas, requisitos de las habitaciones, etc.).

SISTEMA DE CATEGORIZACIÓN.

El sistema de categorías es otra de las "principales novedades" que incorpora el Decreto. La categorización de Hoteles Rurales y Posadas se determinará y se valora respecto a diez áreas o parámetros y la de las Casas Rurales respecto a siete. Estas áreas son el entorno/situación; la estructura/acondicionamiento; el diseño de conjunto decoración, ambiente, estilo; el equipamiento general; el trato con el cliente y servicios; el medio ambiente y sostenibilidad; la seguridad y accesibilidad; la gestión de la calidad; y sólo para los Hoteles Rurales y las Posadas, la restauración, las actividades adicionales, y los servicios adicionales.