Las calles de Oviedo tendrán que volver a su antigua denominación si el Ayuntamiento no modifica varios errores de forma

Publicado: jueves, 20 septiembre 2018 16:42

OVIEDO, 20 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado Contencioso-Administrativo número 6 de Oviedo ha sentenciado que el acuerdo del Ayuntamiento para el cambio de nombre de las calles de Oviedo con referencias franquistas contiene diversos errores, por lo que si no se corrigen tendrán que volver a su anterior denominación.

La sentencia, que no es firme y sobre la que cabe recurso, se refiere a los recursos presentados por el PP y la Hermandad de Defensores de Oviedo contra los acuerdos municipales por los que se decidió el cambio del nombre de calles con referencias franquistas. Todo ello en aplicación de la Ley de Memoria Histórica.

Sin embargo, para la magistrada titular, el acuerdo del Ayuntamiento contiene diversos errores procedimentales y, por lo tanto, no se ajustó a derecho, por lo que si no se modifican dichos errores en los términos contenidos en la sentencia, deberá devolverse a las calles anteriores su denominación anterior.

A juicio de la magistrada, "nos encontramos ante un acto adoptado prácticamente de plano y puramente discrecional del señor alcalde, ya que es él, en su propuesta, quien motu proprio decide qué calles tienen encaje en el artículo 15.1 de la Ley 52/2007 y deben ser sustituidas".

Por otro lado, en la sentencia se recoge que si bien obra un informe técnico, éste es del servicio de estadística, "que ninguna relación guarda con la concurrencia de los requisitos del artículo 15 de la Ley llamada de Memoria Histórica, en virtud de cuya aplicación se dicta el acto".

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