Absuelto de violencia de género al considerarse que trató de defenderse de las amenazas de su pareja

Actualizado: lunes, 2 abril 2012 13:51

Ella le amenazó con un cuchillo por haber bajado la persiana del dormitorio

SANTANDER, 2 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Cantabria ha absuelto a un hombre de los delitos de violencia de género por los que se la había condenado al considerar que, en realidad, estaba tratando de defenderse de la amenaza de su pareja, que se valió de un cuchillo de cocina.

Inicialmente, el Juzgado de lo Penal número 5 de Santander había dictado una condena que incluía catorce de prisión, cuatro años y un día de prohibición de acercamiento y comunicación, ocho días de localización permanente, por varios delitos de violencia de género, como agresiones y amenazas.

Los hechos por los que se le condenaba habrían sucedido, como se dijo en un primer momento, en el año 2010, un día en que ambos habían se enzarzaron en una discusión en el transcurso de la cual el acusado habría envuelto la cabeza de su pareja con una manta, para luego levantarla del sofá tirándola de los pelos, aunque sin causarle heridas.

A esto se sumaban los insultos y amenazas que, tras la ruptura, le dirigió, y que llegaron a incluir amenazas de muerte.

Todos estos hechos los había considerado probados el Juzgado de lo Penal, pero, tras un recurso del condenado, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria los revisa, y concluye que el acusado en realidad se estaba defendiendo de su pareja.

Tal y como señala este órgano judicial, ambos discutieron porque él había levantado las persianas del dormitorio, al ser una hora avanzada del día, y entonces ella le amenazó con un cuchillo de cocina.

Él intentó quitárselo, llegando a cortarse un dedo al hacerlo, como corroboró un testigo, y fue al verse "acorralado" cuando echó una manta a la cabeza de la mujer para poder salir corriendo,

Y en cuanto a las amenazas, explican que el insulto se produjo en el contexto de la relación "conflictiva" que ambos mantenían, y el insulto concreto al que se refiere este caso venía precedido de otro que le había dirigido ella.

Las amenazas de prueba sólo se apoyaron en el testimonio de la denunciante, por lo que no se pueden dar por probadas.

Y además, no se "aprecia" miedo o temor tras ellas, pues después se produjeron llamadas telefónicas de ella hacia él en la que la mujer lanzaba mensajes de amor, gratitud o deseo "incompatibles" con el miedo que se alegaba.