Publicado 21/02/2014 17:53

La Abogacía afirma que ningún convenio con Marruecos podrá legalizar las devoluciones sobre la marcha de inmigrantes

MADRID, 21 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) asegura que ningún convenio de readmisión de inmigrantes que se firme con Marruecos nunca podrá amparar la devolución sobre la marcha de los inmigrantes que hayan entrado en España, pues en el momento en que una persona está bajo autoridad española, le es de aplicación la Ley de Extranjería.

Así lo ha explicado en declaraciones a Europa Press el portavoz de la Subcomisión, Francisco Solans, en relación al último anuncio del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, que ayer ofreció a Rabat "articular un mecanismo coordinado por el que se procedería a la inmediata devolución de quienes entren de forma violenta o flagrante en Ceuta y Melilla".

"Interior parece que pretende interpretar que el convenio de readmisión es otra vía distinta, cuando lo único que dice es que Marruecos se compromete a readmitir a la gente devuelta desde España siempre que se demuestre que procedían de Marruecos. Las fórmulas legales que España tiene que aplicar para ello son exactamente las mismas", asegura el letrado.

El acuerdo, firmado en 1992 a raíz de un repunte de las pateras llegadas a Algeciras y ratificado en 2012 en el marco de una mejora en las relaciones bilaterales, obliga a Marruecos a readmitir en su territorio a ciudadanos de otras nacionalidades que hubieran salido desde allí. Eso sí, España debe aplicar para ello un expediente de devolución, que tiene toda una serie de garantías para el inmigrante recogidas en la Ley de Extranjería.

Solans recuerda que el convenio tardó una década en ratificarse porque Marruecos se resistía a hacerlo y venía utilizando la inmigración "como moneda de cambio" en sus relaciones con España y con la Unión Europea. No obstante, se ha estado aplicando prácticamente desde el principio, permitiendo a las autoridades españolas entregar a la policía marroquí a cuantos hubiera interceptado tras salir de su territorio.

Lo que no se ha venido cumpliendo con la misma diligencia es la parte que correspondía a España en este acuerdo, conforme explica el experto: se tiene que ejecutar la figura jurídica de la devolución, que implica, entre otros pasos, que bajo competencia de la Policía Nacional y no de la Guardia Civil, se identifique al migrante, se le permita un abogado, pueda pedir asilo, se efectúe la resolución administrativa y esta esté sujeta a recurso.

SI ESTÁ EN ESPAÑA, NO HAY CONVENIO QUE VALGA

"El cómo se trate a esa persona en España es completamente independiente del convenio con Marruecos. Por mucho que le ofrezcan a Rabat, eso no elude que desde el momento en que hablan de 'entregar' a un inmigrante a Marruecos ya están refiriéndose a que la autoridad española ejerce un poder sobre las personas, lo que significa que están en territorio español y, entonces, hay que aplicar una de las figuras de la ley, devolución, retorno o expulsión y todas con sus garantías", ha señalado.

En este sentido, incide en que desde Interior se está hablando de aplicar un rechazo en frontera, algo que ni siquiera es una figura jurídica sino un hecho legal, que alguien llega a una frontera y no se le deja pasar. Esto no es aplicable porque el inmigrante que ha rebasado la valla de Melilla o de Ceuta ya ha cruzado esa frontera "ya no hay rechazo que valga, ha pasado, está en territorio nacional y por tanto, tiene ya una serie de derechos y está sujeto a unas leyes para lo bueno y para lo malo".

Está en España "y como las fronteras no son de chicle y no dependen de la espalda del Guardia Civil", aunque lo diga Interior, "ese extranjero es una persona y hay que tratarle como tal", dice Solans, para incidir en que "eso de coger un señor arrastrarlo al otro lado de la frontera y dárselo a Marruecos entra dentro de la detención ilegal, entre otras muchas cosas".

Sobre la posibilidad de que una modificación de la Ley de Extranjería amparase las devoluciones sobre la marcha, el abogado tiene claro que no podría llevarse a cabo. Según explica, la ley tiene que ser modificada para adaptarse a una sentencia del Tribunal Constitucional de hace dos años que avaló la posibilidad de devolver a alguien sin concederle plazo de alegaciones para recurrir la decisión. Con todo, no ampara la devolución expeditiva, "que es sin siquiera identificación".

"En el fondo, lo triste de todo esto es que les costaría muy poco hacer las cosas bien. Si en lugar de coger a los 23 que llegaron a la playa de Ceuta y llevarlos a rastras a Marruecos los llevan a comisaría, les toman las huellas y les dan un papel en que ponga que están devueltos, los envían a Marruecos igual. Eso sí, tendrían que haberles oído, habrían tenido abogado y a lo mejor alguno habría pedido asilo y le habrían tenido que reconocer sus derechos. Igual eso es lo que no se quiere hacer", ha planteado.

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