Condenados a 11 y 5 años de prisión por agredir sexualmente a dos jóvenes en Almendralejo

Actualizado: domingo, 21 junio 2015 16:57

   MÉRIDA, 21 Jun. (EUROPA PRESS) -

   La Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado a once y a cinco años de prisión a dos varones por agredir sexualmente a dos jóvenes de Almendralejo (Badajoz) en septiembre de 2013.

   De esta forma, en un sentencia recogida por Europa Press, se condena a F.V.B. por el delito de agresión sexual a una pena de once años de prisión y también se condena a I.S.P. a la pena de cinco años de prisión por el mismo delito.

   Asimismo, a F.V.B. se le impone también la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de S.J.G., una de las chicas agredidas, de su domicilio o lugar de trabajo, o comunicarse por cualquier medio por un tiempo de diez años.

   Esta imposición se ejecutará simultáneamente con la pena privativa de libertad (de modo que durante el cumplimiento de la misma la prohibición de comunicación será efectiva en todo momento y la de alejamiento

   en caso de salida del centro penitenciario); y una vez cumplida la condena, proseguirán dichas prohibiciones durante diez años más.

   En cuanto al otro de los acusados, I.S.P., junto a la pena de cinco años de prisión por un delito de agresión sexual, se le condena por un delito de lesiones a la pena de cuatro años y seis meses de prisión.

   Asimismo se le impone también la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de las víctimas S.J.G. y A.M.G.D., de su domicilio o

    lugar de trabajo, o comunicarse con ellas por cualquier medio por un tiempo de diez.

   Dicha imposición se ejecutará simultáneamente con la pena privativa de libertad (de modo que durante el cumplimiento de la misma la prohibición de comunicación será efectiva en todo momento y la de alejamiento en caso de salida del centro penitenciario); y una vez cumplida la condena, proseguirán dichas prohibiciones durante DIEZ años más.

   Por otro lado, la sentencia absuelve a F.V.B. de la falta de lesiones de la venía siendo acusado.

RESPONSABILIDAD CIVIL

   En cuanto a la responsabilidad civil se condena a F.V.B. a indemnizar a S.J.G., en concepto de daños morales, con la cantidad de 50.000 euros; y a que I.S.P. indemnice a S.J.G., en concepto de lesiones y secuelas físicas con la cantidad de 41.999 euros y a A.M.G.D. con la cantidad de

    4.000 euros por daños morales.

   Esta sentencia no es firme por ser recurrible en casación ante el Tribunal Supremo, aunque el Bufete Tetuán, cuya cliente es la joven S.J.G., ha anunciado que no recurrirá la sentencia ya que las penas "satisfacen" sus intereses, incluso admite la petición de "responsabilidad civil" por los daños morales a su clienta.

   De la misma forma, como ha reclacado, este bufete ha realizado la acusación particular de "manera altruista" al no tener la familia de S.J.G. "recursos económicos".

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