El cabecilla de la 'Carioca', condenado a 20 años por maltratar a su mujer

Actualizado: jueves, 22 mayo 2014 14:54
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LUGO, 22 May. (EUROPA PRESS) -

   El considerado cabecilla de la 'Operación Carioca', José Manuel García Adán, ha sido enviado finalmente a la prisión lucense de Bonxe tras ser condenado a penas que suman 20 años de prisión por los delitos de maltrato habitual, lesiones, agresiones sexuales continuadas y amenazas a su exmujer.

   Según han confirmado fuentes de la Guardia Civil, Adán ha sido conducido al centro penitenciario tras conocerse la condena y pedir su abogado que, a la espera de que se resuelva el recurso que va a presentar contra el fallo, en lugar de ser enviado a prisión provisional se acepte la medida de libertad con fianza.

   Tras la celebración del juicio en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo hace casi un mes por supuestos malos tratos y agresiones sexuales a su exmujer desde 2003 a 2008, periodo en que duró su convivencia, la Fiscalía había ampliado de 27 a 31 años la petición de pena de cárcel para el considerado cabecilla de la 'Operación Carioca'.

   En concreto, la Fiscalía había aumentado de 27 a 31 años la petición de condena; tres años por violencia habitual, dos por malos tratos, dos por un delito continuado de amenazas, nueve por dos detenciones ilegales en el club Queens y quince por agresión sexual. Por su parte, la acusación particular incorporó otro delito por maltrato psicológico, mientras que la defensa mantuvo la petición de libre absolución de su patrocinado.

   La sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo notificada este jueves da como "hecho probado" que el acusado empezó a "insultar y amenazar a su esposa, llegando a golpearla en reiteradas ocasiones, muchas de ellas prescritas en atención al tiempo transcurrido" y relata diversos episodios que reflejan esta afirmación.

   Entre ellos, "a finales de 2007 y en fechas donde los hechos no han de considerarse prescritos", señala que García Adán observó como su esposa, tras haber ingerido bebidas alcohólicas, "dormía sobre unos congeladores ubicados en la zona de la cocina, "levantándola por el pelo dándole puñetazos y patadas".

   En el mismo año, apunta que encontrándose su expareja en casa de la madrina de su hija fue "requerida" por el condenado para firmar unos papeles sobre la niña en el domicilio de Lugo, donde la interrogó sobre unas facturas de teléfono, al tiempo que le daba un papel "en blanco" para que "escribiese sus pecados", diciéndole que "uno de los dos no saldría vivo de esa habitación".

   El documento judicial relata que, además, la golpeaba cada vez que no quería escribir, "agarrándola por los pelos" y conduciéndola a una habitación "donde sacó la pistola y la colocó sobre la mesilla, penetrándola bucal, vaginal y analmente contra su voluntad".

   Tras la agresión, la exmujer del supuesto cabecilla de la 'Carioca' habría aprovechado "un descuido" suyo para "dirigirse al cuarto de baño y desde ahí abandonar el domicilio únicamente vestida como una camiseta y con una chaqueta anudada a la cintura". Adán habría salido al balcón al percatarse de su huida "gritándole que se escapase que ya la cogería".

"VEROSIMILITUD DE LO NARRADO"

   Al margen de los testigos que acreditan estos episodios --como la madrina de la niña--, la sentencia ratifica que "existe una verosimilitud de lo narrado por la víctima" y minimiza la importancia de que pueda haber "modificaciones y alteraciones del relato" al considerar que es "normal" y que, en cualquier caso, "lo relevante es que el núcleo central sea mantenido".

   Añade que tampoco resta credibilidad al relato el hecho de que personas del entorno del procesado digan que su expareja quería volver con García Adán, al considerar que pueden ser "múltiples las razones" para justificar tal hecho, "desde el propio síndrome de la mujer maltratada hasta factores económicos".

   En tercer lugar, no se tiene en cuenta la transcripción de las escuchas telefónicas que "interesó" la defensa tendentes a acreditar dicho extremo y se alega que dicho paso se dio "muy tarde". "(Las conversaciones) No se oyeron en presencia de la víctima, interlocutora en tales conversaciones, ni fue admitida en el plenario su existencia en los términos que se refieren por la defensa", remarca.

   La sentencia aclara que el testimonio de la víctima "no es la única prueba de cargo" ya que confluye con "otros elementos que la dotan de credibilidad", pero aún así alude a las periciales en las que peritos de USC refieren que tras diversas sesiones con la expareja de Adán concluyen que "es muy probable que el relato haya sucedido". Recuerda que "refieren un estrés postraumático grave" y que ninguna duda de la "veracidad" de su testimonio.

   "Toda la prueba confluye a dotar de credibilidad suficiente al relato vertido por la víctima que, en innumerables ocasiones está avalado por datos periféricos que ayudan a revalidar su testimonio", certifica la sentencia.

ABSUELTO DE DETENCIÓN ILEGAL

   Sin embargo, la Sala absuelve a Adán de detención ilegal por existir dudas sobre la forma de desarrollo de la misma e incluso sobre el lugar relativo a la suite del club o a los recintos aledaños próximos al gimnasio" y tampoco ve acreditado el delito de lesiones mentales.

   A modo de argumento, señala que de los informes evacuados tanto por los médicos forenses como por los peritos de la unidad de Psicología Forense de la USC "no se desprende tal conclusión, sino camente una consecuencia del delito continuado de violencia habitual del que venía siendo objeto".

MANTIENE LA PATRIA POTESTAD

   Al margen de la prohibición de aproximarse a la víctima a una distancia inferior a 500 metros, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro en varios años, se condena a García Adán a indemnizar a su exmujer con 40.000 euros.

   No se accede, sin embargo, a la privación de la patria potestad interesada por el Ministerio Fiscal y la acusación particular, al entender que las actitudes "violentas" desplegadas por el procesado lo fueron "siempre hacia su esposa, nunca hacia su hija, sin que exista prueba alguna que determine una conducta inidónea relacionada con su condición de padre".

   La sentencia agrega que la relación paterno filial se desarrolló "con normalidad", por lo que no puede adoptarse "una medida tan restrictiva" (como privarle de la patria potestad) "sin causa grave que la avale".

"REPARACIÓN MORAL" Y RECURSO DE CASACIÓN

   El abogado de la mujer, Julio Castro, se ha mostrado satisfecho con el fallo, amparándose en que "se demuestra que lo que ella decía era cierto, es una víctima de violencia de género que ha sufrido unos padecimientos extremos, como dijeron los forenses psiquiátricos y por tanto ni fabulaba, ni mentía, ni estaba confabulada". "Son unos hechos palmarios por los que ha sido condenado, en una pena bastante severa", admitió.

   En cualquier caso, ha matizado que la sentencia "tampoco le va a arreglar nada, por la situación que tiene". "Incluso hay un fallo sobre responsabilidad civil que no creo que podamos ejecutar, no sé cual es la situación patrimonial de García Adán como para poder hacer frente a ese aspecto. ¿Qué está reparada moralmente?, moralmente si, ella mantenía que era una víctima y la sentencia lo ratifica", ha esgrimido.

   Frente a ello, el abogado del supuesto proxeneta mantuvo "no estar conforme" con el contenido del fallo, avanzando que se formulará "recurso de casación ante el Tribunal Supremo". "El texto de la sentencia hay que estudiarlo más a fondo, pero leyéndola por encima no estamos de acuerdo con el contenido y evidentemente se va a formular recurso", ha dicho.

   Del mismo modo, ha confesado que no se esperaba una condena "tan severa", al tiempo que ha aclarado que vio a su cliente "tranquilo".  "Ha venido, ha cumplido con el llamamiento del que ha sido objeto y la respuesta que ha obtenido de la Sala es su ingreso en prisión", ha lamentado.

   Ha anticipado que el recurso será "extenso" y que se incidirá en "la falta de pruebas total y absoluta, las incongruencias, las lagunas, y las contradicciones insalvables y totalmente intolerables" que, a su entender, se han observado entre las afirmaciones de los testigos de la acusación en el juicio "y lo que dijeron en la instrucción".

   En la vista que se celebró para notificar la sentencia, el abogado de Adán había requerido que fuera puesto en libertad con fianza, una opción que mantiene al adelantar que igualmente se va a requerir un "recurso de súplica contra la decisión que ha tomado la sala".