El plazo de escolarización se abre el 25 de abril y se valorará en la capital el distrito donde viven las familias

Los consejeros Lucía Figar y Salvador Victoria
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 11 abril 2013 16:25

MADRID, 11 Abr. (EUROPA PRESS) -

La consejera de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad de Madrid, Lucía Figar, ha anunciado este jueves que el plazo de admisión para el próximo curso escolar 2013/2014 estará abierto desde el 25 de abril hasta el 10 de mayo y que, como novedad en la implantación de zona única escolar, en la capital se valorará el distrito donde viven o trabajan las familias.

En rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, Figar ha explicado que tras contar con los distintos informes preceptivos del Consejo Escolar y del Consejo Consultivo, el Gobierno madrileño ha aprobado este jueves el decreto de Libertad de Elección de centro escolar que elimina definitivamente todas las zonas de escolarización y de influencia que había hasta el momento.

Aunque la zona es única, el Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid ha estimado que en el caso de la capital, "con la mitad de la población de la Comunidad", se debe "precisar" algo más esta cuestión y la Consejería de Educación va a dar 0,5 puntos por residir o trabajar en el distrito donde se quiere escolarizar al alumno.

En este punto, Figar ha detallado que aunque Madrid se configura como zona única "porque se eliminan las zonas escolares", la Consejería debe atender unos criterios marcados en la Ley Orgánica de Educación (LOE) que obliga a todos las comunidades autónomas a tener en cuenta el domicilio o proximidad.

Por eso, con el nuevo baremo de admisión se tiene en cuenta este criterio y se dan cuatro puntos para aquellos que soliciten centro en el mismo municipio en el que residan o trabajen los padres, dos puntos para los que soliciten centro en el resto de la Comunidad de Madrid y 0,5 puntos por distrito en el caso de Madrid capital.

PUNTUACIÓN POR HERMANOS

En el nuevo baremo de admisión también se incrementa de ocho a diez puntos tener hermanos matriculados en el centro o padres que trabajen en él. El Gobierno regional incorpora esta novedad para facilitar que los hermanos estudien juntos y evitar casos de dispersión escolar que tantas molestias pueden suponer para una familia.

Por otro lado, se darán dos puntos para aquellas familias en las que el padre o la madre sean receptores de la Renta Mínima de Inserción y 1,5 puntos por la existencia de discapacidad física, psíquica y/o sensorial legalmente acreditada del alumno solicitante, los padres o hermanos. Estos sumados a los hermanos y el domicilio conforman los criterios prioritarios.

Como criterios complementarios se incluyen 1,5 puntos si el padre, madre o hermano es antiguo alumno del centro; 1,5 puntos para familia numerosa general y 2,5 puntos para familia numerosa especial; y un punto por otra circunstancia o coincidente con los anteriores que acuerde el propio centro educativo según criterios públicos y objetivos.

SELECCIÓN Y DESEMPATES

Cuando el número de solicitantes supere al de vacantes existentes, las solicitudes se atenderán aplicando los siguientes criterios: existencia de hermanos matriculados en el centro o padres que trabajen en él; o el domicilio familiar o del lugar de trabajo de uno de los padres ubicado en el municipio en el que está el centro solicitado.

También se valorará la renta anual de la unidad familiar discapacidad del alumno solicitante, de los padres o hermanos; y condición de antiguo alumno del padre, madre o alguno de los hermanos, situación de familia numerosa u otra circunstancia. Ésta podrá ser coincidente con algunos de los restantes criterios de admisión, acordada por el órgano del centro competente en materia de admisión según criterios públicos y objetivos (punto del centro).

En caso de empate, se aplicarán los siguientes criterios por este orden: mayor puntuación obtenida por hermanos matriculados en el centro solicitado o padres que trabajen en el mismo; domicilio familiar o lugar de trabajo; discapacidad; hijo o hermano de antiguo alumno del centro solicitado; familia numerosa, renta familiar u otra circunstancia, acordada por el órgano competente en materia de admisión según criterios públicos y objetivos (punto del centro).