La AN investigará la visita del Papa en 2006 y la presunta financiación irregular del PPCV

Actualizado: jueves, 3 diciembre 2015 11:19

MADRID, 3 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha determinado que la competencia para investigar diversas piezas separadas del "caso Gürtel" que venían instruyéndose en la Comunidad Valenciana, como la relativa a la visita del Papa Benedicto XVI a Valencia en 2006 y otras sobre una presunta financiación irregular del PPCV es de la Audiencia Nacional, al no existir ya aforados en ninguna de ellas.

El alto tribunal ha dictado este jueves dos sentencias rechazando los recursos planteados por la Fiscalía, que defendía la competencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCM) en este asunto. Se trata de las piezas 1,2, 4 y 6 de la investigación.

El alto tribunal también ha rechazado varios recursos presentados por varios imputados que argumentaban que la investigación de las citadas piezas no correspondía ni a la Audiencia Nacional ni al TSJCV, sino a los juzgados territoriales de Valencia.

En dos sentencias (una referida a la pieza 4 -visita del Papa a Valencia- y otra a las piezas 1, 2, y 6 -delitos electorales y fiscales), el Tribunal Supremo confirma los autos dictados por el TSJCV el pasado mes de marzo y acuerda el envío de los cuatro procedimientos mencionados al Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, al no existir ya aforados en la causa y no haberse dictado en ninguna de ellas aún auto de apertura de juicio oral.

La Sala de lo Penal aplica los criterios que fijó en sendas sentencias de diciembre de 2014 y julio de 2015 sobre otras piezas -la 3 y la 5- de esta misma causa. En el caso de la primera, que investigó los contratos de la Generalitat valenciana con su expositor en Fitur, el Supremo decidió en su día en sentido contrario, que que se juzgase en el TSJCV porque ya se había dictado auto de apertura de juicio oral cuando dos de las imputadas, que eran aforadas, renunciaron a sus escaños en las Cortes Valencianas.

CRITERIO RESTRICTIVO PARA AFORADOS

En ambas sentencias, los magistrados del Supremo recuerdan que debe seguirse un criterio restrictivo en relación al enjuiciamiento de aforados, especialmente cuando se ha renunciado a esa condición sin que se haya dictado antes auto de apertura juicio oral. Añaden que la ley no exige que las piezas separadas de una misma causa sean enjuiciadas por el mismo tribunal.

De igual manera, rechazan la pretensión de varios imputados que pedían el envío de las investigaciones al juzgado territorial de Valencia correspondiente. Defienden que sea la Audiencia Nacional por ser el órgano origen de las piezas del caso Gürtel que se remitieron al TSJCV y porque la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) dispone que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional extenderá su competencia al conocimiento de los delitos conexos.

En las piezas relativas a los delitos electorales y fiscales, la Fiscalía había recurrido la decisión de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) de declararse no competente para juzgar a los procesados en las piezas 1, 2 y 6 del caso Gürtel y enviarlas al Juzgado Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional.

También se oponía el Ministerio Público a la remisión al juez De la Mata de la última pieza del procedimiento que todavía instruía, la número 4, relativa a las contrataciones de Radio Televisión Valenciana (RTVV) por la visita del Papa en 2006 a Valencia para el V Encuentro Mundial de las Familias (EMF), en la que está imputado el expresidente de las Corts Juan Cotino.

La cuestión de la competencia se encontraba pendiente tras la renuncia de los que fueran diputados del PP en las Corts, Ricardo Costa y Yolanda García, a su escaño, y después de que no quedara en estas tres piezas ninguna persona aforada.

En las piezas sobre presunta financiación ilegal figuran como procesados Ricardo Costa y Yolanda García así como los exparlamentarios Vicente Rambla --también exvicepresidente del Consell-- y David Serra por delito electoral. Junto a ellos, también figuran como procesados otros excargos del PPCV, empresarios y los cabecillas de la trama Gürtel, hasta 20 personas, por las piezas 1, 2 y 6 del caso Gürtel por delito electoral, falsedad y delito fiscal.

Las dos primeras piezas se refieren a un presunto delito electoral relativo a las elecciones locales y autonómicas celebradas en 2007 en la Comunitat, y a un delito de falsedad en documento mercantil cometido en 2008. La pieza 6 se limita a delitos fiscales atribuidos a Orange Market S.L. y a algunas de las sociedades del Grupo Correa.

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