Miércoles, 10 de febrero 2010
 

pasa del procedimiento abreviado al sumario ordinario

La jueza anula las veinte imputaciones por el incendio de Guadalajara

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   GUADALAJARA, 13 Nov. (EUROPA PRESS)

La juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Sigüenza, María del Mar Lorenzo, ha dictado un auto en el que transforma de abreviado a ordinario el procedimiento judicial por el incendio de Guadalajara, dejando sin efecto la resolución que dictó el pasado 20 de mayo por la que imputó por estos hechos a 20 personas, entre ellos ex altos cargos y funcionarios de la Junta, por el fuego que acabó con la vida de once miembros de un retén anti-incendios en julio de 2005.

   El auto, al que ha tenido acceso Europa Press y que da la razón finalmente al Ministerio Fiscal, tiene fecha de 10 de noviembre y en el mismo la jueza decide transformar el presente procedimiento abreviado a sumario ordinario, dando por válidos los trámites judiciales realizados, excepto los autos de fecha de 20 de mayo y de 22 de junio de 2009.

   El citado auto de instrucción de 20 de mayo incluía como imputados, entre otros, a la ex consejera de Medio Ambiente, Rosario Arévalo; el ex director general de Política Forestal, José Ignacio Nicolás; el ex delegado de Medio Ambiente en Guadalajara, Sergio David González; el alcalde de La Riba de Saelices, José Luis Samper; así como el que fuera responsable del Parque Natural del Alto tajo, Rafael Ruiz López; técnicos y funcionarios de la Junta; el presunto autor de la barbacoa que originó el fuego, Marcelino Herce; y los que supuestamente se encontraban vigilándola, Juan José Jiménez e Iasson Klados.

   Entre los técnicos de la Junta, el auto ahora invalidado imputaba a Carlos Damián Muñoz, técnico del teléfono de emergencias 112; Antonio Solís, jefe de coordinación provincial de incendios; así como Miguel Genaro Aguilar Antonio Pallarés, José María Gaitán, Ángel Millán y Alfredo Luis Chavarría.

   Entre el resto de imputados estaban el secretario del Ayuntamiento de La Riba de Saelices, José Luis Huarte; el ex alcalde de este municipio, Hipólito Sebastián Ballesteros; el responsable de una empresa de extinción de incendios, Joaquín Baumela; y el responsable de Helisureste, Luis Miñano.  

   En el segundo auto invalidado, el del 22 junio, la jueza de Sigüenza ratificaba su postura y mantenía los cargos contra las mismas 20 personas, rechazando los escritos de recursos presentados por las partes contra el anterior auto de instrucción. En el mismo, insistía en detectar indicios de culpabilidad, además de en los excursionistas, en los técnicos y responsables regionales imputados.

   La decisión de la juez de Sigüenza da ahora la razón al Ministerio Fiscal que presentó un recurso optando por un juicio que no se desarrollara por el procedimiento abreviado, lo que quiere decir que si el auto se hace firme, el juicio se celebrará en la Audiencia Provincial y no en el Juzgado de lo Penal como pedían desde la acusación particular.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

   En sus razonamientos jurídicos la jueza subraya que la solicitud de transformación solicitada por el Ministerio fiscal nunca ha sido denegada, y recuerda que el pasado mes de octubre la Audiencia Provincial de Guadalajara dictó un auto resolviendo que este recurso de apelación debía ser resuelto por el juzgado instructor, esto es, el de Sigüenza.

   La juez utiliza diversa jurisprudencia para establecer después que en el momento del citado auto de fecha 20 de mayo resultaba "procedente" la continuación de la causa por procedimiento abreviado al ser este el cauce procesal en que se había enmarcado el procedimiento durante los casi cuatro años que duraba la instrucción.

   Sin embargo, explica que ante la calificación de los hechos realizada por el Ministerio Público, "procede" la aplicación de jurisprudencia por el que la instrucción debe seguir el cauce adecuado "que no es otro que el previsto legalmente en función de la posible calificación jurídica de los hechos".  

   Según apunta, esta decisión está encaminada a conseguir que la calificación judicial deba contemplar además las calificaciones posibles "atendiendo siempre a la más grave, en orden no sólo a permitir que las acusaciones formulen esa acusación, sino también a seguir el proceso adecuado como mejor garantía de los derechos del imputado, evitándose en lo posible que puedan producirse tales acusaciones de mayor gravedad tras la celebración de las pruebas en el acto del juicio oral".

   Por todo ello, y en atención al auto de la Audiencia del mes de octubre, "de estimarse que el procedimiento adecuado es el sumario ordinario, los autos de 20 de mayo de 2009 y 22 de junio de 2009, que resultan extraños a dicha sede procedimental, devendrían ineficaces y por ende quedarían carentes de objeto los recursos de apelación que penden ante dicha sala".

   En la última resolución de la juez, se indica que los implicados en el sumario --Ministerio Fiscal, imputados y demás partes personadas-- podrán interponer recurso de reforma en el plazo de tres días desde su notificación y recurso de apelación para la Audiencia Provincial de Guadalajara dentro de los cinco días siguientes a su notificación.




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