Aviso: Esta noticia tiene más de un año. Última actualización: 04/05/2009 18:25

Concedida la primera indemnización a un homosexual por ser encarcelado en la dictadura por su condición sexual

   MADRID, 4 May. (EUROPA PRESS) -

   La Comisión de Indemnizaciones a Ex-Presos Sociales, creada el pasado marzo y dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, ha acordado una indemnización de 4.000 euros para un homosexual que estuve encarcelado 94 días durante la dictadura. A.R.S. se convierte así en el primer homosexual que recibirá una indemnización del Estado por ser encarcelado durante la dictadura por su condición sexual, tal y como se desprende de una notificación de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas a la que tuvo acceso Europa Press.

   La Asociación de Ex-Presos Sociales valoró en un comunicado que la Comisión de Indemnizaciones a Ex-Presos Sociales haya comenzado a notificar a los afectados el estado de la tramitación de sus expedientes, y por el primer caso en el que se le ha reconocido derecho de indemnización a un homosexual de Valencia por el tiempo pasado en prisión por su condición sexual.

   "Transmitimos nuestra satisfacción por el hecho de que la mencionada comisión ya ha comenzado a notificar a los afectados el estado de tramitación en el que se encuentran sus expedientes, y en algunos casos comunicándoles el derecho que les asiste y el reconocimiento y liquidación de indemnización dispuesta según ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2009", planteó la Asociación en un comunicado.

   En esta línea, dicha Asociación valoró positivamente que a estas personas, después de treinta años desde la despenalización de la homosexualidad en España, "por fin les sea devuelta su dignidad la cual nunca debieron perder tan infamemente y pasen a ocupar su lugar en la historia".

   En una notificación de esta Comisión a la que tuvo acceso Europa Press se le explica al afectado que le corresponde una "indemnización al amparo de la disposición adicional decimoctava de la Ley 2/2008", y se le anuncia que "en fechas próximas se procederá a ingresar el importe de dicha indemnización en la cuenta corriente" señalada en su solicitud.

4.000 EUROS POR 94 DÍAS DE PRISIÓN

   El afectado, que responde a las iniciales de A.R.S. y reside en Xirivella (Valencia), aportó en su momento documentación que confirmaba que había estado encarcelado a mediados de los setenta por un expediente de "peligrosidad social". De esa documentación se desprende que estuvo en las cárceles de Valencia y Badajoz un total de 94 días.

   Para optar a la compensación económica, debe quedar probado, como así ha sido en este caso, que la medida de internamiento se impusiera por la aplicación de Ley de Vagos y Maleantes de 1954; o la Ley 16/1970 sobre Peligrosidad y Rehabilitación Social, modificada en 1974. Además, el causante debe haber sufrido una pena de internamiento de al menos un mes, y que la aplicación de las citadas leyes se hubiera efectuado por su condición de homosexual.

   Como el internamiento de 94 días queda comprendido en el período de entre un mes y seis meses, a A.R.S. le corresponde una indemnización de 4.000 euros, al amparo de la disposición adicional decimoctava de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado de 2009.

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