Gobierno Cantabria elimina la cuantía mínima de Renta Social Básica, que se podrá cobrar durante un máximo de 24 meses

Buruaga Y Urrutia
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 27 marzo 2012 17:07

Otras novedades son la exigencia de la residencia legal y de inscripción como demandante de empleo

SANTANDER, 27 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de Cantabria modificará la normativa de la Renta Social Básica (RSB) en varios aspectos, como la cuantía, donde elimina el mínimo actual de 133 euros aunque mantiene el máximo de 426 euros por persona, y el plazo temporal, que pasa de ser ilimitado a un máximo de 24 meses, renovable previa solicitud.

También se cambia el sistema de devengo, ahora a partir del primer día del mes siguiente al dictado de resolución de la concesión, y la administración se obliga a resolver la solicitud en un plazo máximo de seis meses (actualmente se llega a tardar un año), con el fin de evitar "dilaciones indebidas o interesadas" y de dar "agilidad" a la atención de las necesidades básicas.

Otras novedades son la exigencia de la residencia legal, que ahora no se contempla y el empadronamiento en la comunidad autónoma en los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud.

Igualmente por primera vez se contempla que no reciban la RSB las personas que tengan una plaza concertada en una residencia y los internos penitenciarios.

Además se obliga a los titulares a destinar la prestación a la cobertura de necesidades básicas, a no ejercer ni inducir a ejercer la mendicidad, a acreditar su permanencia en la comunidad autónoma durante al menos el 90 por ciento de los días de cada semestre y a mantenerse inscrito como demandante de empleo salvo en el caso de los pensionistas por invalidez y los mayores de sesenta años.

Estas modificaciones de la RSB no afectarán en la cuantía y el plazo a quienes ya la cobran (un total de 3.034 personas a fecha de este mes), pero sí a quienes se integren como nuevos beneficiarios y a los expediente en tramitación, que ascienden a 1.582. Además, se trata una cifra creciente pues se ha pasado de 2.482 beneficiarios que cobraban un total de 1.095.060 euros en enero de 2011 a 3.021 perceptores y 1.577.000 euros en el mismo mes de este año.

No obstante, las condiciones de mantenimiento de la prestación son aplicables a todos los usuarios y con ellas se pretende evitar que una persona cobre la RSB en varias comunidades al mismo tiempo, que regrese a su país de origen cobrando la prestación y vuelva cuando se le acabe y que se alegue no tener ingresos cuando se está trabajando en otra autonomía.

Una "abundante casuística" en la que sólo en siete meses, el incremento de los "controles" del Gobierno regional ha servido para suspender la ayuda a 860 personas, la mayoría de las cuales estaba trabajando, cobraba prestación por desempleo o se había trasladado a otra comunidad.

En definitiva, se trata de una modificación de la RSB "garantista, sostenible y responsable", que "descansa" en el conocimiento de los Servicios Sociales y en la experiencia de otras comunidades, y que requerirá un desarrollo reglamentario a través del proyecto de ley de Medidas Administrativas y Fiscales que acompaña al Plan de Sostenibilidad del Gobierno, según ha informado este martes en rueda de prensa la consejera de Sanidad y Servicios Sociales, María José Sáenz de Buruaga.

La consejera ha explicado que el objetivo fundamental de las modificaciones es "garantizar el acceso y percepción de la Renta Social Básica a quienes verdaderamente lo necesitan", así como promover la inclusión social, que es el objetivo inicial de la ayuda.

En este sentido ha asegurado que la nueva normativa "no implica recortar prestaciones", sino "poner orden" y mejorar el seguimiento y control de esta ayuda.

Sáenz de Buruaga ha especificado que se mantendrá en el 80% del IPREM la cuantía de la Renta Social Básica, lo que equivale a 426 euros mensuales por persona, que se puede ir incrementando en función del número de miembros de la unidad perceptora hasta el importe máximo equivalente al 125% del IPREM.

No obstante, ha dicho que "se enmendará un sinsentido que ha generado multitud de agravios entre los beneficiarios" y, así, se suprimirá el importe mínimo que establece la actual regulación del 25% del IPREM (133 euros).

Según ha explicado, con la regulación actual una persona sin ingresos recibe 426 euros de Renta Social Básica, mientras que una persona que tenga alguna fuente complementaria de ingresos, como puede ser, por ejemplo, 400 euros como consecuencia de su trabajo, recibiría 533 euros, por el importe mínimo que se establece. "Un hecho que coloca en una situación de injusta desigualdad a unos preceptores frente a otros".

Además, la reforma establecerá que el derecho a prestación de genera desde el día primero del mes siguiente a aquel en que se dicta la resolución de concesión de la ayuda. En la actualidad, la prestación se devenga desde el día siguiente a la presentación de la solicitud, procedimiento que, para Sáenz de Buruaga, carece de sentido.

"Lo que tiene que hacer la administración es obligarse a responder con prontitud y agilidad que es lo que necesitan las personas en situación de necesidad. Por eso, si en el plazo máximo de seis meses no ha resuelto, se abonará la prestación desde ese momento", ha precisado.

La duración de la ayuda es otro de los elementos que se someterá a un mayor control con la nueva regulación. La Renta Social Básica se concederá por un periodo de 24 meses, renovable previa solicitud del interesado, mientras se mantengan las causas de la concesión.