Por qué el himno de España no tiene letra y otras curiosidades sobre su historia

Himno de España, partitura
Foto: GOBIERNO DE ESPAÑA (BOE)

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Actualizado: martes, 12 octubre 2021 8:48

MADRID, 29 May. (EDIZIONES) -

Más de 250 años tiene el himno nacional de España, y durante prácticamente todos ellos se ha mantenido sin letra, ¿por qué? Lo cierto es que el motivo de la falta de letra en el himno radica en las dificultades para ponerse de acuerdo al respecto: lo que a unos les gusta, a otros no, y viceversa.

El actual himno nacional tiene su origen en la llamada 'Marcha Granadera', que data del siglo XVIII y su autor es desconocido. Mantenida así durante años, en 1870 el general Prim quiso encontrar un nuevo Himno Nacional, pero el concurso se declaró desierto: ninguna de las marchas presentada gustó lo suficiente.

Lo mismo ocurrió cuando el Comité Olímpico Español (COE) convocó un concurso para encontrarle letra en 2007. Pese a que el concurso tuvo su ganador elegido por un jurado de expertos en música e historia, finalmente la letra se retiró ante la controversia y el rechazo generado entre gran parte de la población: de nuevo, no gustó la letra y se prefirió que el himno quedara sin letra.

LA HISTORIA DEL HIMNO NACIONAL

La primera vez que se recoge la 'Marcha Granadera' es en el Libro de Ordenanza de los toques militares de la Infantería Española, en 1761, que la contempla como la marcha militar española.

La historia cuenta que éste fue el himno nacional español no por orden de ningún rey, sino del arraigo popular en los propios ciudadanos de esta época: el rey Carlos III la declaró Marcha de Honor en 1770, y la costumbre popular la erigió Himno Nacional.

La 'Marcha Granadera' se popularizó como 'Marcha Real' entre los españoles del siglo XVIII porque era la música --tampoco tenía letra en aquellos años-- que se interpretaba en los actos a los que asistía la Casa Real.

En 1870, el General Prim quiso crear un nuevo Himno Nacional, pero el concurso se declaró desierto: ninguna de las marchas que se presentaban podía compararse en calidad a la Marcha Granadera, por lo que ésta se mantuvo como himno del país.

Unos años después, en 1908, el Músico Mayor del Real Cuerpo de Guardias Alabarderos, Bartolomé Pérez Casas, hizo una readaptación del himno, y así se ha mantenido hasta nuestro siglo.

En todos estos años, la 'Marcha Granadera' ha sido el himno nacional de España, con sólo una interrupción: durante la II República (entre 1931 y 1939), cuando se adoptó el Himno de Riego, que sí tenía letra.

Durante la Guerra Civil, Francisco Franco restableció la Marcha Granadera en sus territorios, haciéndola oficial en toda España tras su victoria a través de su publicación en el BOE del 17 de julio de 1942. En esta norma no aparece partitura alguna del himno, lo que hace entender que continuó con la de Pérez Casas.

Pese a que la partitura de Pérez Casas fue la vigente durante todo el Franquismo, el estado no tenía sus derechos: los adquirió de los herederos del músico en 1997, ya en democracia, cuando también se encargó al Coronel Director de la Unidad de Música de la Guardia Real Francisco Grau su adaptación respetando la armonización de Pérez Casas pero recuperando la composición y tonos de origen.

Con la llegada de la democracia y la aprobación de la Constitución española, también se acordó que el himno --como el resto de símbolos del Estado, como la bandera--, debían estar configurado jurídicamente, y así fue: el himno nacional está regulado por un Real Decreto de 1997 en el que, entre otras cosas, se describen los compases musicales y se determina cuándo se puede tocar.

CUÁNDO SE PUEDE TOCAR EL HIMNO NACIONAL

En el Real Decreto se establece que existen dos versiones del himno nacional: la completa y la breve, y que cualquiera ellas debe interpretarse siempre íntegramente y de una sola vez en lo siguientes casos:

1.- En versión completa:

a) En los actos de homenaje a la Bandera de España

b) En los actos oficiales a los que asista el Rey o la Reina

c) En los actos oficiales a los que asista la Reina consorte o el consorte de la Reina

d) En los demás actos previstos en el Reglamento de Honores Militares

2.- En versión breve:

a) En los actos oficiales a los que asistan el Príncipe de Asturias, la Princesa de Asturias o los Infantes de España

b) En los actos oficiales a los que asista el presidente del Gobierno

c) En los actos deportivos o de cualquier otra naturaleza en los que haya una representación oficial de España

d) En los demás casos previstos en el Reglamento de Honores Militares

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