Actualizado: sábado, 11 enero 2014 18:24

Pide a la Delegación del Gobierno en el País Vasco que adopte "todas las medidas necesarias" para evitar que se enaltezca a ETA

MADRID, 11 Ene. (EUROPA PRESS) -

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha decidido no prohibir la manifestación silenciosa convocada esta tarde en Bilbao por el PNV, Sortu y otros seis partidos políticos y sindicatos al considerar que la convocatoria no presenta indicios de delito y no se puede acreditar "la existencia de datos objetivos de los que pueda derivarse coincidencia" con la marcha vetada ayer por el juez Eloy Velasco.

Tras recibir los informes del Gobierno vasco y las fuerzas de seguridad (Ertzaintza, Policía Nacional y Guardia Civil) que había solicitado, el titular del juzgado central de instrucción número 2 ha rechazado la petición de prohibición planteada por tres asociaciones de víctimas del terrorismo en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que destaca que los convocantes de las dos manifestaciones "son distintos y los objetivos de una y otra diferentes".

La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), la Asociación Plataforma de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo (APAVT) y Dignidad y Justicia, solicitaron ayer a la Audiencia Nacional la prohibición de la nueva convocatoria al considerar que ésta sólo pretendía eludir la decisión del juez Velasco de prohibir la primera marcha en apoyo de los presos de ETA convocada por Tantaz Tanta (Gota a Gota).

Según explica el juez Moreno en su auto, "no puede desprenderse una relación entre los convocantes del acto de hoy y cualquier organización ilegal", ni tampoco "concurren siquiera indiciariamente los elementos objetivos y subjetivos exigidos para tipificar los hechos como enaltecimiento del terrorismo", al no desprenderse que "los actos hayan sido organizados para alabanza o loa de la organización terrorista ETA, de sus acciones criminales o de los participes en las mismas".

Tal y como se recoge en el auto, la Guardia Civil ha determinado en su informe que aunque entienden que la nueva manifestación es consecuencia de la anteriormente prohibida, "los convocantes y los lemas son diferentes". "Al variar el lema de la manifestación cambian igualmente los objetivos de la misma", añaden.

Por su parte, la Ertzaintza explica en su informe que "no existen datos objetivos que permitan considerar que la manifestación convocada sea en esencia la misma". En cuanto a la Policía Nacional, Moreno explica que no se ha emitido ningún informe expreso sobre la existencia o no de datos objetivos.

"Siendo distintos los convocantes, el formato y el lema, su objetivo difiere del que perseguían los organizadores de la prohibida, lo que unido al principio de intervención mínima que preside el derecho penal, impide acordar medida cautelar alguna en este estado de la causa, sin perjuicio de lo que resultara durante la celebración de la manifestación", asegura el juez en el citado auto.

En este sentido, el magistrado pide en su auto a la Delegación del Gobierno en el País Vasco que adopte "todas las medidas necesarias con el fin de evitar que durante el desarrollo de la concentración se exhiban fotografías de miembros o presos de ETA, o de asociaciones de su entorno declaradas ilegales, pancartas o lemas a favor de los mismos, se profieran proclamas o se lleven a cabo actuaciones en descrédito o menosprecio de las victimas del terrorismo".

En el caso de que se lleven a cabo alguno de los hechos anteriormente descritos, el juez señala que deberá procederse "a la disolución de los actos y a la adopción de medidas para identificar y poner a disposición judicial a sus autores".

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