Almería.- Tribunales.- El fiscal califica como "absurdo" relacionar a Endesa con la suspensión del alcalde de Carboneras

Europa Press Andalucía
Actualizado: martes, 18 abril 2006 17:14

MADRID 18 Abr. (EUROPA PRESS) -

El ministerio fiscal dijo hoy en la vista que se desarrolló esta mañana en el Tribunal Supremo (TS) por el recurso contra la sentencia que suspende de funciones durante seis meses al alcalde de Carboneras (Almería), Cristóbal Fernández (PSOE), que la relación que hace el primer edil entre Endesa y su proceso es un argumento "absurdo".

El edil municipal relacionó el juicio contra él con la ampliación de la central térmica de Endesa. Según arguyó durante el juicio en Almería, el Ayuntamiento "siempre se ha opuesto" a la ampliación de las instalaciones y una inhabilitación "tendría grandes consecuencias" ya que "Endesa se encontraría con menos dificultades para obtener lo que pretende".

En este sentido, recordó que la composición inicial de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, donde se celebró el juicio, fue modificada y designado para ser parte del tribunal que juzgaría dicha causa el magistrado Manuel Espinosa Labella, quien es cuñado del director de Endesa.

PLANTEAMIENTO DESESPERADO

El letrado del ministerio público rechazó en el día de hoy esta acusación y añadió que está "fuera de lugar" argumentar que Endesa quiera inhabilitar al alcalde, "especialmente teniendo en cuenta su condición de multinacional". "Es un planteamiento desesperado", subrayó.

El proceso quedó esta mañana visto para sentencia en la Sala Segunda del Tribunal Supremo. El abogado de la defensa, Pablo Luna, explicó a Europa Press que pidió la revocación por considerar "totalmente injusta" la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Almería.

Fernández fue condenado en enero del pasado año a seis meses de suspensión de funciones y al pago de una multa como autor de un delito de "coacciones" al conserje de un colegio del municipio, a quien presuntamente el edil y su hermana, Rosario Fernández, también concejal del Ayuntamiento, obligaron a votar por correo en 1999 a favor del partido político del alcalde.

El alcalde de Carboneras recurrió esta resolución al Tribunal Supremo, quien lo admitió a trámite en junio de 2005 y donde hoy se ha celebrado la vista y ha quedado visto para sentencia.

Por otra parte, la Audiencia Provincial absolvió al alcalde de otros dos delitos de alteración del censo electoral y vulneración de las normas del voto por correo, aunque el fiscal aseguró que la sentencia condenatoria tenía también en cuenta "todas estas irregularidades".

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