ALMERÍA 28 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Almería ha acordado suspender de manera cautelar las disposiciones sobre régimen disciplinario contenidas en el nuevo reglamento del Colegio Oficial de Abogados de Almería por el que se rige el funcionamiento del turno de oficio y del servicio de asistencia jurídica gratuita.
El auto modifica la medida provisional de suspensión dictada con carácter de urgencia por el mismo órgano hace una semana a instancia de más de un centenar de letrados y resuelve que se mantenga únicamente en lo que concierne al título V de las Normas Reguladoras y Protocolo de Actuación del Turno de Oficio y Asistencia a Detenidos, Presos, Imputados y Víctimas de Violencia de Género, que tiene prevista su entrada en vigor para el próximo día 1.
El recurso que ha dado origen a esta medida, que también impugna la resolución del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados que desestimó la reclamación por vía de alzada, considera que el régimen disciplinario incluido en el reglamento "perjudica manifiesta e injustamente los derechos e intereses del abogado del turno de oficio" debido a la "extrema severidad" de las sanciones que superan a las que fija los propios estatutos de la institución, "soberana norma legal".
El escrito cuestiona, asimismo, que la junta de gobierno tenga competencia para "legislar" un régimen disciplinario para el abogado de oficio ya que, según se recoge en los citados estatutos, este órgano de gobierno "sólo tiene facultades para exigir, esto es, hacer cumplir, las ejecución de las responsabilidades disciplinarias". Esta materia sería, sostiene, competencia de la Junta General, por lo que el reglamento recurrido "sería nulo de pleno derecho".
En concreto, la nueva norma, aprobada el 1 de junio, estipula que la sanción para las faltas muy graves oscilará entre el año y los dos años de baja del servicio de asistencia jurídica gratuita mientras que los estatutos esta penada con de tres meses a dos años, lo que, ahonda el recurso, "supone un claro perjuicio al abogado". La situación se repite en el caso de las faltas graves que prevén un año frente a los tres meses que marcan los estatutos.
Las nuevas normas reguladoras y protocolo de actuación fueron aprobadas por la junta de gobierno el 1 de junio y recurridas ante el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, que desestimó la impugnación. Durante este periodo, el Colegio Oficial de Abogados de Almería resolvió suspender la aplicación del reglamento y fijó como fecha de entrada en vigor el próximo día 1 de noviembre.