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ALMERÍA 23 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de los once años a los diez años y siete meses de prisión la pena impuesta a un hombre de Almería que agredió sexualmente en varias ocasiones a su sobrino desde los cuatro años de edad y generarle un padecimiento mental por el que el menor incluso intentó quitarse la vida al ser consciente de lo que le ocurría conforme crecía.
El alto tribunal andaluz estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la defensa y rebaja en cinco meses la pena por un delito continuado de agresión sexual con base en las manifestaciones realizadas por el propio menor ante las psicólogas que lo exploraron y ante las que relató las situaciones a las que se enfrentaba.
En este sentido, la Sala de Apelación hace una examen detallado de las manifestaciones del menor de corta edad para considerar que, si bien se interpretó así inicialmente, el niño "negó" durante sus entrevistas "haber sufrido penetraciones" por parte de su tío, lo que lleva a ablandar la condena.
Asimismo, y pese a la "improcedencia de exigir al menor" el detalla del número de agresiones o las fechas del mismo debido a su corta edad, el tribunal no aprecia durante todo el relato de hechos la prueba que indique que los mismos se dieron hasta finales de 2019 --cuando el niño tenía ya ocho años--, ya que su mismo testimonio apunta que dichos actos abusivos "comenzaron cuando él tenía 3 o 4 años y continuaron hasta los 5 o 6 años".
De este modo, el tribunal se ve obligado a rebajar la pena privativa de libertad al excluir la penetración y al atemperar la duración estimada de las conductas agresivas, si bien mantiene el pago de una indemnización de 200.000 euros a favor de la víctima y otras penas accesorias de alejamiento del niño por un periodo de 12 años, la privación de patria potestad y la inhabilitación para oficio o actividades con menores durante 16 años, entre otras.
La sentencia da por demostrado que el acusado se aprovechó de su relación familiar y de confianza con su sobrino cuando este contaba con cuatro años de edad para, en un periodo de entre dos y tres años, realizar sobre él actos de naturaleza sexual "guiado por un ánimo libinidoso".
Así, consta una ocasión en la que el menor se encontraba jugando en la casa de su abuela materna situada en Las Norias de Daza, de El Ejido (Almería) y fue llamado por su tío para que acudiera a su habitación, de modo que una vez dentro "cerró la puerta" y "le pidió a su sobrino que le chupara el pene" a cambio de una piruleta, a lo que el niño accedió.
La resolución judicial constanta la existencia de varios episodios similares en otras ocasiones, aunque sin ser posible concretar el número exacto, al no recordarlo bien el menor, dada su corta edad cuando los hechos sucedieron.
No obstante, se da cuenta de otra ocasión en la que el acusado se dirigió a la vivienda de su hermana y encontró solo en la casa a su sobrino debido a que su madre se hallaba trabajando y volvía tarde.
El niño le abrió la puerta y el hombre entró, se quitó la camiseta y lo volvió a someter a prácticas sexuales como las ya descritas. Asimismo, hizo contactar su miembro con la zona íntima del niño, aunque sin que constara penetración.
Toda esta situación vivida por el menor, de la que iba siendo consciente mientras crecía, le ha provocado padecimientos mentales y conductuales que le han llevado a tener pesadillas, e incluso, a intentar quitarse la vida en varias ocasiones.