Cádiz.-Tribunales.- Indemnizan a la familia de un paciente muerto en Urgencias sin "tratamiento mínimo indispensable"

Actualizado: jueves, 10 enero 2008 13:44

CÁDIZ, 10 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Defensor del Paciente informó hoy de que, mediante acuerdo extrajudicial, la Agrupación Mutual Aseguradora (AMA) indemnizará con 60.000 euros a la viuda y dos hijas menores de un paciente de 52 años que falleció el 15 de enero de 2007 a consecuencia de un infarto de miocardio por "no dispensarle" el Servicio de Urgencias del Centro Médico de Chiclana de la Frontera (Cádiz) "los tratamientos indispensables mínimos".

En un comunicado, la Asociación El Defensor del Paciente indicó que la familia --que en principio reclamaba 80.000 euros-- aceptó el ofrecimiento de 60.000 euros realizado por AMA tras una audiencia previa en el Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Chiclana.

Según indicó, el paciente acudió acompañado de un compañero de trabajo a Urgencias del Centro Médico de Chiclana "aquejado de un fuerte dolor en el pecho a la altura del hemitórax derecho", sensación de hormigueo en el brazo izquierdo, sudoración profusa y sensación de boca seca y pastosa, es decir, "toda la sintomatología propia de un infarto de miocardio".

El paciente, identificado como A.S.S., fue atendido por un médico de nacionalidad peruana y "sin especialidad alguna en urgencias, ni MIR", que "se limitó a hacerle un electrocardiograma" que, a pesar de que arrojaba "de forma inmediata el diagnóstico de 'infarto de miocardio, ventrículo derecho', no supo interpretar" y "tampoco consultó a un especialista o a un supervisor".

Además, según el Defensor del Paciente, "se limitó a dejar al paciente tendido en la camilla y en reposo" y no solicitó pruebas diagnósticas complementarias, "ni siquiera dispensarle una cafinitrina debajo de la lengua".

De este modo, al poco tiempo se repitió el infarto, y esta vez "con parada cardiorrespiratoria", entrando el paciente en "crisis cardiaca masiva". Por su parte, el facultativo "se limitó a llamar al 061", que envió una UVI móvil que, "ya moribundo", le aplicaron "una amplia medicación", consistente en tres ampollas de atropina, cinco de adrenalina y maniobras de reanimación "durante 35 minutos".

Finalmente, matizó que en la demanda fue "fundamental" la presentación de dos periciales --una de un forense y otra de un cardiólogo con experiencia quirúrgica-- que coincidieron en la "mala praxis apreciada y en el no seguimiento de los estándares mínimos de actuación de los protocolos de la Sociedad Española de Cardiología", como son pruebas radiológicas y analíticas que fueron omitidas.