OMC concluye que ciertas subvenciones europeas al avión A-380 están prohibidas y deben retirarse

Actualizado: miércoles, 30 junio 2010 20:45

Recomienda retirar "sin dilación" las ayudas a Airbus, pero no determina el procedimiento

MADRID/CÁDIZ, 30 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Organización Mundial de Comercio (OMC) concluyó hoy que algunas de las ayudas europeas al lanzamiento del A380 pueden ser consideradas subsidios a la exportación y, por lo tanto, "no están permitidas", por lo que instó a los países de la UE a "retirar dichos subsidios sin demora".

El dictamen final de la OMC pone fin al largo conflicto entre la UE y Estados Unidos por este tipo de subvenciones de Alemania, España, Reino Unido y Francia, a raíz de la denuncia realizada por el Gobierno americano en 2004.

Sin embargo, el organismo internacional debe aún emitir el informe preliminar relativo a las reclamaciones efectuadas por Airbus ante las posibles subvenciones a Boeing por parte del Gobierno de Estados Unidos.

Además, los países europeos tienen aún derecho a apelar el dictamen del panel de expertos de la OMC, que otorga a los países de la UE un plazo "que no debería superar los 90 días" para "adoptar medidas apropiadas para eliminar los efectos desfavorables o retirar las subvenciones".

La sentencia da la razón a Estados Unidos en algunas de sus reclamaciones, entre las que se incluyen las relativas a ayudas al lanzamiento de varios modelos de aviones, provisiones de infraestructuras, financiación para investigación tecnológica o aportaciones de capital por parte de determinados países.

Así, el documento da la razón a Boeing en sus alegaciones sobre algunas ayudas al lanzamiento del A380 por parte de Alemania, España y Reino Unido, pues son "subvenciones supeditadas 'de facto' a los resultados de exportación previstos, y por lo tanto subvenciones a la exportación prohibidas".

Sin embargo, el panel de expertos también matiza que tales concesiones no están supeditadas 'de jure' a los resultados de exportación previstos, alegación que no considera probada.

Dentro de la provisión de infraestructuras y donaciones relacionadas con estas, la OMC establece diversos casos que pueden ser considerados donaciones específicas, entre los que se encuentran las realizadas para la construcción de instalaciones en las provincias de Sevilla, Toledo y Cádiz.

De igual modo, el informe califica de subvenciones específicas determinadas prácticas realizadas durante las transferencias de propiedad de Deutsche Airbus a Daimler Group --en Alemania-- y de Dassault Aviation a Aérospatiale --en Francia--.

Dentro de las ayudas a investigación y desarrollo tecnológico proporcionadas por la CE, la OMC reconoce como subvenciones, diversas aportaciones realizadas por entidades gubernamentales de España, Alemania, Reino Unido y Francia.

Según la OMC, todas las medidas anteriormente expuestas, en tanto que constitutivas de subvenciones, tenían por efecto "desplazar las importaciones de un producto similar de EEUU" en diversos mercados, como Europa, China, India, Brasil, Corea, México o Singapur.

Asimismo, suponen "una significativa pérdida de ventas en el mercado", lo que supone "un perjuicio grave para los intereses de Estados Unidos".

ALEGACIONES RECHAZADAS

Sin embargo, las conclusiones del panel de expertos rechazaron también diversas alegaciones presentadas por EEUU al considerar que no constituyen subvenciones específicas, como en el caso de la financiación de los programas A350 y el A330-200, o la línea de crédito de 2002 para el A380.

En el ámbito de la provisión de infraestructuras, el órgano internacional avala asimismo varias de las aportaciones realizadas por los Estados implicados, incluyendo la donación otorgada por la Junta de Andalucía a Airbus en El Puerto de Santa María (Cádiz).

Tampoco contradice la legalidad vigente la liquidación de la deuda que Deutsche Airbus había contraído con el Gobierno alemán, ni las ayudas de este país y Reino Unido a diversos programas tecnológicos.

A la luz de las constataciones anteriores, la OMC rechazó que las subvenciones tengan por efecto "una significativa subvaloración de precios" por producto subvencionado frente a un producto similar de EEUU, negando también que se haya "causado daño" a la rama de producción nacional de EEUU.

RECOMENDACIONES DEL PANEL

El informe señala en sus conclusiones que Alemania, España, Reino Unido y Francia "han anulado o menoscabado ventajas para EEUU", por lo que "recomienda que el miembro que concede esa subvención la retire sin demora".

En este sentido, el grupo de expertos especificó un plazo de 90 días para eliminar los efectos desfavorables o retirar las subvenciones.

Sin embargo, el panel aclaró que en este caso "no es posible especular sobre las maneras en que podrían aplicarse estas recomendaciones", por lo que "se abstiene de hacer sugerencia alguna respecto a las medidas que podrían adoptarse".

La OMC señala que no corresponde al panel definir cómo implementar sus recomendaciones, sino que éstas deberían ser efectuadas por el Estado miembro que en cada caso concede esta subvención.