Archivo - Sede TSJA en Granada. - EUROPA PRESS - Archivo
CÁDIZ 29 Sep. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a tres condenados por la Audiencia Provincial de Cádiz por un delito de blanqueo de capitales agravado cometido en Algeciras en relación con la compra-venta de una narcolancha y un motor de 300CV, al considerar que no existen pruebas de cargo suficientes contra ellos. No obstante, ha mantenido la condena de más de tres años de prisión para otro de los acusados en este proceso y rebajado la pena, hasta un año de cárcel, a un quinto encausado.
Según la sentencia, recogida a Europa Press, los hechos se remontan a diciembre de 2014, cuando uno de los acusados --condenado a un año tras el recurso en el TSJA-- adquirió una embarcación, de las denominadas narcolanchas, y un motor de 300CV por más de 24.000 euros en efectivo. Según el relato, este acusado no tenía ingresos que justificaran la adquisición, pero una tercera persona le ofreció 700 euros para realizar la compra a su nombre.
Por otra parte, otro de los acusados --absuelto también tras el recurso del TSJA-- le compró al anterior, casi dos años después, esta misma embarcación y el motor por 21.000 euros y posteriormente, este se la vendió a otro --pescador de profesión y también absuelto por el TSJA-- por 18.000 euros. Finalmente, al no poderla usar para pescar, según alegó en su recurso, la terminó vendiendo por 2.000 euros al último de los acusados absueltos por el TSJA.
Tras la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz, en la que todos fueron condenados a tres años y tres meses de cárcel por delito de blanqueo de capitales agravado, presentaron recursos ante el TSJA alegando error en la valoración de la prueba y por tanto vulneración de la presunción de inocencia.
Un recurso que ha sido admitido parcialmente por el alto tribunal andaluz, al considerar que los motivos de la sentencia "son tan sucintos y poco elaborados que no alcanza el canon de motivación suficiente". Igualmente, señala que "la ausencia de justificación de haber obtenidos ingresos suficientes para acometer la compra no se sustenta en prueba de cargo suficiente".
No obstante, el TSJA sí mantiene la condena de tres años y tres meses impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz para uno de los cinco encausados en el proceso, que recoge en los hechos probados diferentes transacciones de compra-venta de embarcaciones o cinco motos de agua entre 2014 y 2020 con dinero que "provenía de ganancias obtenidas por actividades ilícitas y vinculadas al narcotráfico".