Archivo - Audiencia Provincial de Huelva. - EUROPA PRESS - Archivo
HUELVA 3 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Huelva ha confirmado íntegramente la condena de nueve meses de prisión impuesta a una mujer por un delito contra la seguridad vial, tras ser interceptada conduciendo un turismo por las calles de la capital onubense careciendo de carné por pérdida total de puntos. Se trata de la sexta condena por los mismos hechos que acumula la procesada en un periodo de tres años.
Según recoge en la resolución judicial, consultada por Europa Press, la Sala confirma la aplicación de la circunstancia agravante de multirreincidencia, al constar que la procesada sumaba cinco condenas anteriores firmes por el mismo delito en un periodo de poco más de tres años, dictadas por diferentes juzgados de Madrid, Ciudad Real, Fuenlabrada e Illescas entre septiembre de 2022 y enero de 2025.
Señala la sentencia que los hechos ocurrieron sobre las 09,10 horas del 9 de diciembre de 2025, cuando la acusada conducía por Huelva a pesar de no contar con licencia o permiso reglamentario. La mujer tenía retirada la vigencia del carné por la pérdida total de puntos desde agosto de 2019 en virtud de una resolución administrativa de la Jefatura Provincial de Tráfico, sin que hasta la fecha de la infracción hubiese recuperado la vigencia del mismo.
Así, el tribunal ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa de la acusada contra la resolución inicial dictada en diciembre de 2025 por la Sección 2 de lo Penal del Tribunal de Instancia de Huelva, que le impuso la pena de nueve meses de prisión y le denegaba la suspensión de la pena privativa de libertad.
En su apelación, la representación de la procesada solicitaba la absolución o, subsidiariamente, la sustitución de la pena de prisión por una multa económica o trabajos en beneficio de la comunidad. Para fundar su pretensión, alegó que la conducción respondió a un "hecho puntual" al tener que acudir de urgencia al colegio a recoger a su hija menor porque se encontraba enferma, argumentando además que "no existió exceso de velocidad, maniobras peligrosas ni consumo de alcohol o drogas".
Asimismo, la defensa esgrimió que la mujer se encontraba en un "proceso de retorno a la legalidad" al haber contratado e iniciado semanas antes un curso de sensibilización y reeducación vial, y advirtió de las consecuencias "devastadoras" que el ingreso en prisión tendría para su entorno laboral y familiar al ser trabajadora autónoma y sustento principal de su hogar.
MULTIRREINCIDENCIA
Sin embargo, los magistrados de la Audiencia Provincial justifican la confirmación de la condena máxima y el rechazo de las atenuantes en la "clara concurrencia" de la circunstancia agravante de multirreincidencia.
La acusada contaba con cinco condenas anteriores firmes --dictadas por juzgados de Madrid, Ciudad Real, Fuenlabrada e Illescas entre septiembre de 2022 y mayo de 2025-- por idénticos delitos de conducción sin permiso y, en el pasado, se le impuso penas de multa, trabajos en beneficio de la comunidad e incluso otra pena de prisión.
La resolución subraya que la acumulación de seis condenas en poco más de tres años evidencia un "desprecio por el cumplimiento de la ley" y demuestra la "ineficacia disuasoria" de las condenas anteriores de diversa naturaleza.
Respecto al argumento del curso de reeducación vial aportado por la defensa, la Sala señala que dicha circunstancia resulta "incluso más reprochable", puesto que la acusada decidió volver a coger el vehículo a pesar de estar asistiendo a las clases formativas, lo que evidencia que las sesiones "no resultaron eficaces".
Por último, el tribunal concluye que la supuesta urgencia médica de la menor no quedó acreditada durante el juicio oral y añade que, "aun de haber sido cierta", la procesada "podría haber recurrido a alternativas como el transporte público o la ayuda de terceros" para acudir al centro escolar, "máxime cuando la distancia desde su domicilio no era excesiva".