Huelva.- La Junta concede 117.000 euros a 128 familias onubenses por parto múltiple y tercer hijo en lo que va de año

Europa Press Andalucía
Actualizado: miércoles, 30 abril 2008 16:45

HUELVA 30 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Delegación para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta en Huelva ha destinado en lo que va de año un total de 117.000 euros a ayudas por parto múltiple y tercer hijo con otros menores de tres años, que han recibido 128 familias onubenses, lo que supone un 31 por ciento de la inversión total que se dedicó en 2007 a estas prestaciones recogidas en el Decreto de Apoyo a las Familias Andaluzas.

En concreto, 65 familias onubenses han recibido en lo que llevamos de año 600 euros --en un único pago anual-- al nacer, acoger o adoptar su tercer hijo. Para la consideración de la edad, la Delegación Provincial para la Igualdad tiene en cuenta la fecha de nacimiento del menor, según explicó en un comunicado.

Por otro lado, 63 núcleos familiares han percibido ayudas por parto múltiple en este periodo, con un único abono de carácter anual que se extenderá durante los tres años posteriores al nacimiento, acogimiento o adopción. En este caso, las cuantías son de 1.200 euros por dos hijos, 2.400 por tres, 3.600 por cuatro y 4.800 por cinco. Ambas prestaciones son compatibles entre sí y también con la que otorga el Gobierno central, conocida como 'cheque bebé'.

Las solicitudes para acceder a estas ayudas pueden presentarse en la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social, sita en la calle Mora Claros, en el plazo de un año desde el nacimiento del hijo o hijos, la adopción o el acogimiento permanente o preadoptivo. Estas unidades familiares obtendrán además mayor puntuación para acceder a plazas de guarderías.

Para ello, los solicitantes que al acoger, adoptar o nacer su tercer hijo o sucesivos tengan uno o más menores de tres años, deben ostentar la guarda de los mismos como titulares de la patria potestad o de un acogimiento permanente o preadoptivo.

Además, los ingresos de cada familia no deben superar en cómputo anual los límites establecidos en el decreto, que recoge que son receptores de estas prestaciones quienes perciban ingresos no superiores a seis veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en el caso de que la familia la compongan tres miembros, siete si son cuatro miembros, u ocho si son cinco.

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