El TSJA rebaja tres años la pena a dos condenados por alijar 2.400 kilos de hachís en Huelva

Archivo - Fachada de la sede del TSJA en Granada (Andalucía).
Archivo - Fachada de la sede del TSJA en Granada (Andalucía). - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press Andalucía
Actualizado: miércoles, 15 abril 2026 14:28

HUELVA 15 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado a dos hombres la condena de cuatro años y nueve meses de prisión a tres años, al considerarlos cómplices en el alijo de 2.400 kilos de hachís en la costa de Huelva en el año 2021 en lugar de autores de un delito contra la salud pública, por lo que habían sido condenados por la Audiencia Provincial de Huelva.

La sentencia de la Sección Tercera la de Audiencia de Huelva condenaba a cuatro años y nueve meses de cárcel a cinco personas por estos hechos, todos como responsables de un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que no causan grave daño a la salud con la agravante de "notoria importancia" por la sustancia intervenida y de "extrema gravedad", por contrabando, por uso de embarcación.

Ante esta condena, tres de los acusados presentaron recurso de apelación, de forma que el TSJA ha desestimado el de uno de los condenados, pero ha admitido parcialmente la de los otros dos, rebajando su pena.

Según indica la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se considera probado que el 12 de noviembre de 2021 los dos hombres a los que se les ha rebajado la condena, y que no contaban con antecedentes penales, se encontraban navegando rumbo sur entre Ayamonte e Isla Cristina, saliendo del mar territorial, a bordo de una embarcación tipo patera provista de motor fueraborda color negra y se dirigieron a una embarcación semirrígida de 12 metros de eslora en la que se encontraban el resto de condenados.

Señala que "todos los acusados, que actuaban de común acuerdo", tenían "pleno conocimiento" de que la embarcación semirrígida "portaba, para su posterior destino al consumo de terceros, 81 fardos de arpillera que contenían 2.400 kilos de hachís" que en el mercado ilícito tendría un valor estimado de 4,7 millones de euros.

De este modo, al percatarse de que se aproximaba una embarcación del Servicio Marítimo de la Guardia Civil que realizaba un seguimiento "discreto" de la patera, "emprendieron todos la huida" en la embarcación semirrígida, "quedando la patera abandonada" y arrojando los acusados al mar la droga, que fue recuperada posteriormente por los agentes.

Tras la sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial, la defensa de dos de los condenados presentó recurso de apelación y solicitaba que se les condenara como cómplices del delito contra la salud pública a un año y seis meses de prisión y como autores de un delito de contrabando por imprudencia grave a la pena de un año y nueve meses de prisión.

El Alto Tribunal andaluz da por válidos los hechos probados por la Audiencia, pero apunta que en la sentencia, "a la hora de concretar la participación de los acusados recurrentes, les atribuye la realización de labores de apoyo", por lo que considera que la pena que corresponde a esta dos personas es la de "cómplices" en el delito de tráfico de drogas y excluye el delito de contrabando al no ir en la embarcación semirrígida y solo acceder a ella para huir de los agentes.

Asimismo, a estos dos hombres se les condena al pago de una multa de 2,5 millones de euros, cada uno, mientras que los otros tres condenados tendrán que hacer frente cada uno de ellos a otra multa de cinco millones de euros.

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