Absuelven al excandidato del PSOE en Alhaurín el Grande acusado de promover una obra ilegal

Actualizado: sábado, 26 noviembre 2011 17:35

MÁLAGA, 26 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 4 de Málaga ha absuelto al excandidato del PSOE en la localidad malagueña de Alhaurín el Grande Cristóbal Bonilla, que había sido acusado de promover las obras de una vivienda presuntamente ilegal, al determinar la jueza que no ha quedado acreditado que las actuaciones sean no autorizables ni que se hayan realizado sobre suelo no urbanizable.

La Fiscalía de Málaga acusó al exsecretario socialista en Alhaurín el Grande por la construcción de una vivienda unifamiliar, de unos 140 metros cuadrados con porche y piscina de 40 metros cuadrados, que se inició, señalaba, "careciendo" de la licencia municipal y en suelo clasificado como no urbanizable, lo que era "conocido por el acusado".

La sentencia declara probado que Bonilla realizó obras que fueron detectadas en junio de 2005 "sin la preceptiva licencia" y que el Ayuntamiento inició expediente de restauración de la legalidad, acordando la paralización. En marzo de 2006, consta acreditado que las obras habían aumentado, pero desde esa fecha consta el cumplimiento de la orden de paralización.

En este sentido, se determina que no se acredita que desobedeciera la orden de paralización, al no quedar constancia de cuándo se produjo ese aumento de edificación. Asimismo, en la resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, se indica que el acusado pidió licencia en octubre de 2004, aunque no fue denegada hasta marzo de 2006, según se precisa en la resolución.

Para la jueza, "no queda acreditado que las obras ejecutadas tengan el carácter de edificación no autorizable, según las normas urbanísticas vigentes en la fecha de autos" y que "no consta acreditado" que dichas actuaciones "se llevaran a cabo en suelo no urbanizable", como sostuvo la acusación pública a lo largo de la celebración de la vista oral.

Por esto, la juzgadora concluye que los hechos declarados probados no son constitutivos de un delito contra la ordenación del territorio, por el que se acusaba a Bonilla, y, teniendo en cuenta eL principio de presunción de inocencia, ha dictado una sentencia absolutoria, contra la que se puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia de Málaga.

Para la defensa de Bonilla, dirigida por el letrado José Carlos Aguilera, este tipo de asuntos "en los que la licencia de obras se deniega simplemente porque la parcela no cumple con la superficie mínima que establecía el PGOU que se tenía por vigente o con la separación a linderos, no pueden ser criminalizados, ya que serían, en todo caso, infracciones urbanísticas que han de corregirse por la vía de expedientes y resoluciones administrativas".

Asimismo, señala que el fiscal basó su acusación en el incumplimiento del PGOU de 1994, "que la sentencia declara que no era de aplicación al no estar en vigor ni ser eficaz en la fecha que ocurrieron los hechos (2005)", por lo que "es evidente que el fiscal tampoco acreditó cuál era la clase de suelo donde se realizó la construcción conforme a la norma urbanística que debía aplicarse, que la sentencia señala, recogiendo la tesis de la defensa, que no era otra que la LOUA".