Actualizado: domingo, 3 diciembre 2017 12:59

MÁLAGA, 3 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia que condenó a un hombre por un delito de maltrato a su madre, a la que empujó tras llamar ésta a la Policía, y por tener en ocasiones un trato vejatorio con sus padres, a los que cuidaba. Así, se ratifica la pena de trabajos en beneficio de la comunidad, de alejamiento y de multa impuesta.

Así, el juzgado declaró probado, según consta en la sentencia de la Audiencia, a la que tuvo acceso Europa Press, que el acusado se hizo cargo del cuidado de sus padres, de 86 y 84 años, pero se vio "desbordado por las atenciones que, fundamentalmente, el padre requiere", como la higiene o los traslados a la cama.

El acusado, dice la resolución, había solicitado ayuda de los servicios sociales en varias ocasiones "sin que su demanda se viera satisfecha", por lo que ante la "incapacidad" para atender los cuidados de sus padres "en su desesperación" en ocasiones dijo expresiones a sus progenitores como "no valéis para nada" o "estoy harto de limpiaros".

Un día de enero de este año 2017, la madre llamó a la Policía con ocasión de uno de esos sucesos y el acusado, cuando fue a abrir la puerta a los agentes, propinó un empujón a su madre, sin que le causara lesión alguna.

Por estos hechos, el juzgado lo condenó por un delito de maltrato familiar de obra y otro leve de vejaciones, imponiéndole la pena de 58 días de trabajo en beneficio de la comunidad y la prohibición de acercarse a su madre a menos de 100 metros o comunicar con ella de cualquier forma durante tres meses; además del pago de una multa de 90 euros.

La defensa recurrió la sentencia, pero la Sala rechaza el recurso e incide en que la madre corroboró en su declaración el trato vejatorio recibido por parte de su hijo y que recibió un empujón, a lo que se añade las testificales de los agentes; apuntando el Tribunal de apelación que no observa error a la hora de valorar la prueba practicada.

La Sala señala que aunque al acusado "le supere" la responsabilidad de estar al cuidado de sus padres, ello "no justifica que les dirija expresiones vejatorias ni que ejerza ningún tipo de violencia sobre ellos".

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