Condenan a seis años a un hombre por abusar de la hija de su pareja

Publicado: viernes, 2 septiembre 2016 20:16

MÁLAGA, 2 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Málaga ha condenado a seis años de prisión a un homnbre por abusar sexualmente de la hija de su pareja, cuando la niña tenía 13 años, a la que, según se declara probado en la sentencia, decía que tenía una enfermedad y "el diablo dentro". Se le absuelve de otras acusaciones de abusos.

Según los hechos de la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado inició en 2005 una relación con una mujer, trasladándose a vivir en la casa en la que ésta residía con sus dos hijas menores.

Desde 2012, el procesado, según la sentencia, se ofreció a darle masajes a la joven porque le dolía la espalda, "aprovechando esta circunstancia" para realizar tocamientos a la menor, que le manifestaba que no quería continuar con dichos masajes.

En esos momento, el acusado "con la intención de atemorizarla y para que la misma mantuviera silencio acerca de lo sucedido", dice la resolución, le decía que se lo contaría a su madre "asegurando que había sido la menor quien le había provocado a él y reiteradamente que 'tenía el diablo dentro' y que solo ella podía 'apagar la llama' dejándose tocar".

En una ocasión, en octubre de 2014, se acercó a ella y le dijo que había estado asesorándose en Internet sobre su enfermedad "y que la única solución era que ella se entregara a él", se considera probado, negándose la niña. Tras insistir, ella accedió, aunque en un descuido trató de pedir ayuda y envió un mensaje a su madre, diciéndole que fuera a la casa.

Cuando le realizaba tocamientos, dice la sentencia, la niña cogió un lámpara de la mesilla de noche "y le golpeó al acusado en la cabeza", tras lo que el hombre le dijo: "ya no hay vuelta atrás, has despertado al diablo", intentando volver a agredirla sexualmente.

Además de la pena de prisión, se le impone el pago de 18.000 euros a la víctima como indemnización y la prohibición de acercarse al domicilio o a los lugares donde se encuentre la víctima a menos de 500 metros durante un periodo de diez años, así como la prohibición de comunicarse con ella.