MÁLAGA 1 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia de Málaga ha condenado a dos hombres por agredir a otro, al que propinaron un puñetazo y una patada, dejándolo en el suelo en la puerta de un local de ocio de la capital malagueña en el que se originó previamente el altercado. Así, uno de los acusados fue condenado en noviembre del año pasado 2024 y el otro este pasado mes de julio, una vez fue localizado tras estar fugado.
Los hechos sucedieron en febrero de 2022. Según se declara probado en ambas sentencias, consultadas por Europa Press, los acusados se encontraban en el interior de un local de copas y tuvieron un altercado por motivos que se desconocen con la víctima, por lo que todos fueron expulsados al exterior del establecimiento. Una vez fuera, continuó la discusión.
En un momento dado, dice las resoluciones, uno de los procesado, "con ánimo de atentar contra la integridad física" del hombre, "le propinó un fuerte puñetazo en la cara, haciendo que cayera al suelo", donde el otro, "con el mismo ánimo y puesto de acuerdo con el anterior, le propinó una fuerte patada en la cara, sangrando abundantemente", marchándose ambos del lugar.
Uno de los acusados fue condenado por un delito de lesiones agravadas tras reconocer los hechos y modificar el fiscal sus conclusiones iniciales en el primer juicio, por lo que se dictó una sentencia de conformidad. Así, se le impuso una pena de dos años de prisión y la prohibición de acercarse al perjudicado o comunicarse con él durante siete años.
Se le aplica la circunstancia que atenúa la pena de reparación del daño porque abonó previamente al juicio la cantidad de 3.000 euros para el pago de la indemnización, que se fijó en una cuantía total de 6.646 euros. Además, se acordó la suspensión de la pena de prisión por dos, condicionada a que no vuelva a delinquir en ese tiempo.
El otro acusado, que estaba declarado en rebeldía cuando se celebró el juicio contra el anterior, ha sido condenado por un delito de lesiones, con la circunstancia que agrava la pena de reincidencia, a dos años y dos meses de cárcel y se le ha impuesto la prohibición de acercarse a la víctima durante siete años. Además, debe abonar 6.646 euros.