Impuestalia estima que hay error en el 7% de las notificaciones del Catastro

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Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: domingo, 16 agosto 2015 9:45

La empresa calcula que en octubre se habrán revisado más de 880.000 edificaciones y prevé que existan casi 62.000 discrepancias

   MÁLAGA, 16 Ago. (EUROPA PRESS) -

   La empresa de revisión de valores catastrales Impuestalia ha informado de que en al menos el siete por ciento de los casos en los que el Catastro notifique un aumento del Impuesto de Bienes e Inmuebles (IBI) en la provincia de Málaga habrá error por parte del Ministerio de Hacienda.

   Los propietarios de inmuebles censados en la provincia, 388.508 registrados sólo a nivel de la capital, y otros costeros como Marbella con 171.212 registros catastrales, Estepona con 75.311 o Torremolinos con 70.493, ya se encuentran, según Impuestalia, recibiendo las notificaciones procedentes de la Dirección del Catastro por la detección de obras no declaradas en sus inmuebles.

   El motivo de dicha regularización se debe a la aplicación de la Disposición Adicional tercera del Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, ha explicado a Europa Press la directora de gestión de Impuestalia, Clementina Caballero.

   En dicha Disposición se regula incorporar al Catastro los inmuebles urbanos y rústicos con nuevas construcciones, así como las modificaciones de sus características en el caso de que no hayan sido declaradas, con el fin de manifestar la concordancia de los datos de los bienes inmuebles que posee la Administración con la realidad.

   Así, en octubre de 2015 se habrán revisado más de 883.628 inmuebles en la provincia malagueña y se prevé que al menos 61.853 discrepancias sean descubiertas. Por este motivo se les pedirá a los propietarios que paguen el incremento del IBI correspondiente por dichas alteraciones.

   Según Caballero, las edificaciones que el Ministerio de Hacienda está rastreando con el fin que pretende esta regularización que entró en vigor en 2013 y prevé finalizar en 2016, son tales como "la pequeña alberca en el chalet que se decide transformar en piscina o esa zona del patio que se cubre para agrandar el salón".

OBJETIVOS

   Este plan tiene como objetivo sacar a la luz las variaciones inmobiliarias que se han llevado a cabo en los últimos años y que no han sido declaradas, lo que por consiguiente conduce a tributar menos IBI.

   Esta medida que conlleva también a combatir el fraude fiscal, de paso, aumentará la recaudación en las arcas públicas, ya que "este exceso en el pago del IBI por parte de los ciudadanos irá a parar directamente a los ingresos que perciben los ayuntamientos".

   "El contribuyente no debería conformarse con la resolución de este requerimiento, pero la mayoría de las veces ocurre porque no se sabe a dónde acudir para consultar estos datos", ha declarado Caballero, al tiempo que ha recomendado que "lo ideal es revisar dicha documentación para estimar si es correcta, y poder contrastar así si los datos de la nueva valoración están acorde con los factores y circunstancias reales de nuestro inmueble".

   El importe que tiene que abonar al Ministerio de Hacienda por este proceso de regularización el titular del inmueble reseñado con alguna irregularidad será una tasa de 60 euros, que se destinarán a pagar los trámites administrativos que genere esta actuación.

   No obstante, este procedimiento estipula un periodo voluntario para que el propietario ponga en conocimiento del Catastro la obra o edificación que ha realizado en su inmueble, aunque ya no se podrá evitar el pago de la tasa.

   Algo que sí se puede evitar en este proceso, "y es ignorado para la mayoría de los contribuyentes", es el pago de este nuevo valor aumentado que ahora reclaman, ya que, según Impuestalia, existe una excepción, y ello estriba en la reclamación por disconformidad contra este nuevo informe del Catastro.

   Los nuevos valores estipulados no tendrán un carácter firme hasta que no transcurra el periodo estipulado para ello. Los titulares afectados dispondrán de un plazo de 15 días hábiles para poder formular las alegaciones que consideren oportunas, presentando las pruebas que estimen pertinentes.

   En este plazo de tiempo, el pago de las liquidaciones complementarias quedará aplazado en previsión de un dictamen definitivo, y si finalmente la resolución es favorable "dicho cómputo complementario será derogado o reducido", ha concluido Caballero.

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