Málaga.- Abogado estima que "no hay resorte legal" para pedir compensaciones a compradores de viviendas en Marbella

Actualizado: miércoles, 13 febrero 2008 16:03

MÁLAGA, 13 Feb. (EUROPA PRESS) -

El letrado José Carlos Aguilera aseguró hoy que "no hay ningún resorte legal ni ninguna razón jurídica en la que se pueda sustentar la pretensión de exigirle a los propietarios o adquirientes de viviendas en Marbella (Málaga) cualquier tipo de contribución al proceso de normalización o regularización de éstas".

Aguilera, que participó hoy en el Colegio de Abogados de Málaga en una tertulia titulada 'Los compradores de viviendas en Marbella. ¿Han de contribuir a las compensaciones urbanísticas?', señaló que el propio Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) "no contempla esa posibilidad" y añadió también que la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) "es muy clara al respecto".

Por otro lado, el abogado, que representa en algunas causas a la ex teniente de alcalde de Marbella Isabel García Marcos, procesada en 'Malaya', entendió que la posibilidad de otorgar cargas económicas en los compradores si desaparece el promotor es un tema "suscitado a raíz de manifestaciones a mi juicio poco afortunadas de responsables del equipo redactor y de la oficina de Planeamiento, que han generado muchísima inquietud y desazón e incertidumbre".

En estos casos, aseveró que la ley andaluza contempla que "es el administrador, el gestor o el representante el que tiene que responder de esa responsabilidad", por lo que trasladó un mensaje de "tranquilidad absoluta" a los ciudadanos que hayan adquirido estas viviendas.

"No hay ningún fundamento legal y el comprador de vivienda no tiene por qué soportar legalmente ninguna carga urbanística y, por tanto, no tiene que contribuir a ninguna clase de compensación", apuntó el letrado, quien insistió en que el promotor "no se evapora, puesto que si desaparece la sociedad como tal están sus accionistas o administradores".

DEMOLICIONES.

Respecto a las demoliciones, indicó que "pueden ser consecuencia de una sentencia que declare ilegal una licencia" y apuntó que "deben ser solicitadas por una parte del proceso" y son los tribunales los que las pueden ordenar. Así, dijo que en los juzgados penales "no se ha planteado" y en los de la jurisdicción contenciosa-administrativa "la posición del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) no deja lugar a dudas, por ahora no".

En este sentido, su posición coincide con la del Alto Tribunal andaluz "y es por el momento no, a la espera de la redacción definitiva del documento de plan general", aunque sí reconoció que "existe riesgo de demolición para aquellas edificaciones que no estén regularizadas o contempladas en ese planeamiento y queden fuera de ordenación".

No obstante, incluso en estos casos concretos estimó necesario "esperar hasta tanto no se elabore y se apruebe definitivamente un nuevo modelo de ciudad porque muchas de esas edificaciones que se construyeron según licencias que no se amparaban en el Plan del 86 pueden estar contempladas en el nuevo". "Habrá otros casos en que no, los menos", concluyó.