Tribunales.- Abren juicio oral contra el dueño de Aifos por pasar fincas a otra empresa para evitar embargo

Publicado: jueves, 3 septiembre 2015 18:20

MÁLAGA, 3 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Instrucción número 3 de Fuengirola (Málaga) ha acordado la apertura de juicio oral contra el que fuera administrador único de la promotora Aifos, empresa actualmente en liquidación, por un delito de insolvencia punible por, presuntamente, traspasar a otra empresa, que la que también era administrador, fincas con el fin de ocultar a los acreedores dichos bienes y evitar embargos.

El juez requiere al acusado para que pague 92.000 euros de fianza para asegurar las responsabilidades pecuniarias. En esta causa, la Fiscalía no acusa, pero hay una acusación particular, dirigida por el letrado Carlos Cómitre, en representación de un matrimonio que compró una vivienda a la promotora, que nunca recibió, quien ha solicitado que se imponga a Jesús Ruiz Casado la pena de cuatro años de cárcel.

Según señaló el abogado de los compradores en su escrito inicial, el acusado "diseñó y orquestó una aparente operación de dación en pago" de 138 fincas por valor de 17,2 millones de euros más IVA a otra sociedad de la que también era administrador. Se precisa que la mayoría de éstas estaba libre de carga, "frente al restante patrimonio de Aifos, que se encontraba hipotecado" en su mayor parte.

Se apunta que estos bienes "se ocultaron a los acreedores evitando que fueran objeto de procedimientos de apremio y persecución en los más de 400 pleitos iniciados contra Aifos antes de que se orquestara la pretendida dación en pago". Entre las fincas estaba "el derecho de vuelo sobre la planta baja de tres bloques" de una promoción en Fuengirola (Málaga), cuyo embargo preventivo se ordenó por un juzgado pero no se pudo trabar por esa dación en pago.

Esta parte considera que ese derecho de vuelo cedido "sólo tiene valor real dentro del patrimonio de Aifos, pues se refiere a una de sus construcciones ya realizadas", por lo que concluye que "el traspaso de la misma a título gratuito sólo puede esconder una clara intención de evitar, precisamente, su embargo por los acreedores de Aifos".

Por contra, el ministerio fiscal pide la absolución del imputado, al considerar que no hay delito, puesto que se incide en que como la dación en pago de deudas efectuadas por la entidad fue anterior a la declaración del concurso "no resulta subsumible dicha conducta en el tipo penal", sin perjuicio de las actuaciones que se puedan dar en el ámbito mercantil.

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