Córdoba.-Tribunales.-Un tribunal popular juzga hoy al joven acusado de matar a su ex novia al no querer volver con él

Actualizado: martes, 18 abril 2006 7:58

Fiscal, Junta y acusación particular piden entre 19 y 25 años de cárcel para el acusado, que asestó 90 puñaladas a la joven

CORDOBA, 18 Abr. (EUROPA PRESS) -

Un tribunal popular juzgará desde hoy en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Córdoba a Raúl C.F., de 23 años, que presuntamente apuñaló más de 90 veces y mató a su ex novia, Beatriz García, de 19 años, porque ésta no quiso retomar la relación que anteriormente mantuvieron.

La acusación particular, que ejerce la abogada Aurora Genovés en representación de la familia de Beatriz García, y la Junta de Andalucía, que ejerce la acción popular, coinciden en considerar a Raúl C.F. como autor de un delito de asesinato y con circunstancias agravantes, pidiendo para él un pena de 25 años de prisión.

Así, mientras que la Fiscalía pide que se condene al acusado a una pena de 22 años de prisión, por la presunta comisión de un delito de asesinato, con la concurrencia de ensañamiento y alevosía, la Junta y la acusación particular añaden en sus calificaciones las circunstancias agravantes de parentesco, abuso de superioridad, y aprovechamiento de tiempo y lugar.

De esa forma, según se determina en la calificación elaborada por la Junta y Aurora Genovés, la circunstancia de parentesco se produce por el hecho de que la víctima y su asesino fueron novios, mientras que el abuso de superioridad puede aplicarse por que el acusado empleó armas mortales (un cuchillo jamonero y una catana), era más fuerte que Beatriz García y se aprovechó de la relación de confianza entre ambos para estar a solas con ella. Finalmente, el aprovechamiento de tiempo y lugar se refiere a que el crimen se produjo en un lugar solitario y de madrugada, dificultando así la posible ayuda que hubiera podido recibir la víctima.

Raúl C., que ha estado recluido en la prisión granadina de Albolote desde poco después que ocurrieran los hechos, en la madrugada del 16 de mayo de 2004 y bajo el puente de Chinales de la capital cordobesa, había mantenido una relación hasta pocos meses antes con la víctima, a la que, tras encontrarla en una discoteca ubicada en el Polígono Industrial de Chinales, le pidió que le acompañase fuera y diera un paseo con él en su coche para charlar, lo cual hizo voluntariamente Beatriz García, pues aún mantenía una buena relación con el que fue su novio.

Una vez en el interior del vehículo y situado éste bajo el citado puente de Chinales, en las cercanías de la discoteca, Raúl C.F., después de que su ex novia se negara a retomar su anterior relación, lo cual ya le pidió con igual resultado en ocasiones anteriores, comenzó a apuñalar violenta y repetidamente a su ex novia, primero con un cuchillo jamonero y luego también con una catana, armas blancas éstas que llevaba en el maletero de su coche.

Un joven que pasaba por el lugar, tras increpar a Raúl C.F., alertó al 061 sobre la agresión que se estaba produciendo. En el lugar se personaron varias dotaciones de la Policía Nacional y Local y detuvieron al joven, que portaba todavía el cuchillo.

Entre tanto, la dotación del 061 desplazada hasta el lugar no pudo hacer nada por Beatriz García, salvo certificar su fallecimiento, que se debió a las más de 90 heridas causadas por arma blanca y que presentaba por todo el cuerpo.

DESCARTADO TRASTORNO MENTAL

El tribunal popular que juzgará a Raúl C.F. a partir de hoy habrá de tomar en consideración el informe que, durante el proceso de instrucción de la causa, ya ha emitido el equipo de forenses, psicólogos y psiquiatras expertos en violencia de género que ha examinado al acusado, y en los que se determina que éste no padece ningún tipo de trastorno mental.

Según dijeron ya a Europa Press fuentes judiciales, "en las 76 páginas del informe de los forenses se analiza al detalle la situación mental del imputado, llegando a la conclusión de que su conducta, en cuanto al hecho en sí de haber dado muerte a su ex novia, tal y como confesó el mismo, no puede relacionarse con el padecimiento de enfermedad mental alguna", lo que contradice el argumento esgrimido inicialmente por la defensa, en cuanto a que el joven padecería un posible trastorno por esquizofrenia.

Por el contrario, el resultado de esta prueba pericial sí que favorece los argumentos ya expresados por la acusación particular al abrirse el procedimiento por la acusación particular, en cuanto a que, "tal y como sucedieron los hechos, y por las explicaciones que dio el acusado, no parecía que éste padeciera ningún trastorno, ya que ofreció una explicación pormenorizada, coherente y razonada de lo que hizo, lo cual mantuvo ante la Policía Nacional y lo repitió ante el juez".