Granada.- Tribunales.-Archivan las diligencias contra el jefe de la Inspección de Trabajo por el accidente de la A-7

Actualizado: viernes, 28 abril 2006 17:02

GRANADA, 28 Abr. (EUROPA PRESS) -

El juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Almuñécar (Granada) ha dictado un auto en el que se decreta el sobreseimiento libre y archivo de las diligencias previas abiertas contra el jefe de la Inspección de Trabajo de Granada por las declaraciones que realizó sobre el siniestro, cuando éste estaba bajo secreto del sumario.

En el auto, al que tuvo acceso hoy Europa Press, el juez considera que con ellas el jefe de la Inspección "trataba de afirmar ante la opinión pública el compromiso con el esclarecimiento del accidente", lo que no le permitió ponderar, según el instructor, que "relevaba datos de una investigación penal". Esto excluye el "dolo de su actuación", que, según el juez, fue "culposa e imprudente".

Las declaraciones del jefe de la Inspección de Trabajo sobre el accidente de la A-7, en el que el pasado 7 de noviembre perdieron la vida seis trabajadores a consecuencia del desplome de parte de un viaducto, tuvieron lugar el 15 de noviembre de forma previa a unas conferencias y en ellas apuntaba que se produjo un "fallo técnico" en una "estructura muy compleja como es la cimbra", así como que no "había habido una aparente falta de medidas de seguridad".

Pese a haber "adelantado" en opinión del juez la causa del accidente al relevar esa información, que "no era de dominio público", y comprometer la "imparcialidad de la investigación emprendida", el instructor considera que no fue "voluntad específica y consciente vulnerar con sus declaraciones el secreto de las actuaciones".

Asimismo, respecto al informe de la Inspección de Trabajo publicado en prensa el 11 de noviembre, un día después de que fuera remitido a la Delegación provincial de Empleo de la Junta de Andalucía, el juez aseguró que no se puso en conocimiento de los medios por parte del jefe de la Inspección ni tampoco por el técnico que lo redactó.

Ante la hipótesis de que la "filtración" tuviera su origen en el delegado provincial de Empleo y puesto que éste obtuvo el informe "al margen del proceso" la vulneración del secreto no resulta punible, ya que sólo lo es cuando se revela a través del mismo proceso.

Por ello, y pese a recordar en el auto que "las actuaciones judiciales instructoras son secretas en sí mismas", en el auto se acuerda el archivo de las diligencias.

El secreto de las actuaciones se decretó por medio de un auto el 9 de noviembre de 2005 y fue notificado a la Inspección de Trabajo el 11 de noviembre. Un día antes, el juez requirió con "carácter urgente" a la Inspección la remisión del informe relativo a las causas del accidente.