Jaén.- Tribunales.- Absuelven a un conductor que circuló en sentido contrario porque "no era consciente del peligro"

Actualizado: martes, 14 febrero 2006 15:32

JAEN, 14 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Jaén ha absuelto a un hombre que fue condenado en primera instancia por conducir en sentido contrario durante cuatro kilómetros por la A-44 tras argumentar que el acusado "no era consciente del peligro que estaba creando ni de lo temerario de su acción".

El fallo de la Audiencia, al que tuvo acceso Europa Press, estima el recurso presentado por el acusado y revoca la sentencia dictada por el juzgado de lo penal número uno, en la que se condenaba a R.C.C. a un año de prisión por un delito de conducción temeraria y a tres años de privación del permiso de conducir.

Asimismo, también se le imponía el pago de varias indemnizaciones por importe total de unos 6.200 euros, ya que su coche colisionó con otros dos vehículos a los que causó daños --uno de ellos quedó siniestro total-- y destrozó una bionda de la autovía.

La Audiencia anula esta sentencia y absuelve al acusado tras recordar que en un delito de conducción temeraria "tiene que haber conciencia y voluntariedad de la infracción de la norma" y que, en este caso, "no se ha probado en modo alguno que esa conducta obedeciera a la voluntad consciente" del procesado.

La magistrada respalda las alegaciones presentadas por el despacho de abogados Ramírez y Ramírez, representantes legales del acusado, alcalificar los hechos como una simple "conducta imprudente", ya que el hombre "no se apercibió de las señales de prohibición ni de que la bionda de separación de los dos sentidos de circulación se encontraba a su derecha".

En este sentido, indica que el hecho de no apercibirse de que realizaba una conducta antirreglamentaria y peligrosa para la seguridad del tráfico "no es indicativo de que fuera consciente ni del peligro que estaba creando ni de lo temerario de su acción".

Igualmente, recordó que en el juicio no llegó a demostrarse que el acusado condujera en estado de embriaguez, extremo que fue negado por el propio R.C.C. y del que "ningún otro dato permite afirmarlo".

Los hechos se remontan al 6 de diciembre de 2003, cuando el acusado circuló en dirección contraria durante cuatro kilómetros por la A-44 a su paso por el término de Mengíbar (Jaén), llegando a colisionar como consecuencia de ello con un furgón y con otro vehículo.

El conductor del furgón sufrió lesiones que tardaron 15 días en curar, mientras que el del otro vehículo resultó ileso. Los dos automóviles sufrieron daños, especialmente el furgón, que quedó "siniestro total".