JAEN 13 May. (EUROPA PRESS) -
El titular de la sección tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha confirmado la sentencia de primera instancia que condenaba a un pastor al pago de una multa de 60 euros porque sus ovejas y cabras se comieron los brotes de hasta 40 plantones de olivos de una finca cercana.
La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, establece como hechos probados que Luis C.S. es arrendatario de una finca colindante a la del denunciante, ubicada ésta en 'La escucha', en el paraje de la Peña del Yeso, dentro del término municipal de Alcalá la Real.
Así, expone que las cabras y ovejas del condenado se escapan del recinto en el que se encuentran saltando la valla que divide su parcela y la del denunciante, por lo que los animales son los autores de los mordiscos en los brotes de hasta 30 plantones de olivos de dos años y en otros diez plantones de olivos de unos ocho años.
Ante esta situación, el juzgado de instrucción número dos de Alcalá la Real condenó a Luis C.S. por una falta de dolosa al pago de 60 euros y a que indemnice al denunciante con 313,20 euros y le absolvió de la falta de hurto que se le imputaba, sentencia que fue recurrida por el condenado.
No obstante, el magistrado desestimó el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en primera instancia y la confirmó íntegramente.