JAEN 28 Mar. (EUROPA PRESS) -
La acusación particular solicitó hoy una multa de 8.640 euros para la mujer que agredió con ácido a dos niños en Martos (Jaén) por el supuesto quebrantamiento de la orden de alejamiento que le impedía acercarse a los menores y a la madre de estos.
En el juicio, que quedó visto para sentencia hoy en el juzgado de lo penal número tres de Jaén, la acusada, María Antonia B.T., manifestó que desconocía la distancia que había entre el bar de la madre de los menores y el supermercado en el que ambas se encontraron, si bien un informe de la Policía Local establece que la acusada llegó a estar a menos de 150 metros del bar durante su estancia en la tienda. Asimismo, María Antonia B.T. expuso que era consciente de los términos de la orden de alejamiento, pero que desconocía cuándo la denunciante estaba o no en su bar.
Por su parte, la madre de los menores subrayó que el día de los hechos, el 19 de enero del pasado año, se encontraba en la cola de una de las cajas del supermercado para pagar su compra y que, al girarse, vio que María Antonia B.T. estaba en esa misma cola mirándola "de forma burlona" y "como riéndose" de ella.
Como consecuencia de este hecho, se originó en el establecimiento un incidente en el que la madre de las víctimas intentó agredir a la acusada, acción por la que la madre fue condenada a pagar una multa de 150 euros y por la que también deberá indemnizar a María Antonia B.T. con 120 euros. Además, el juzgado de instrucción número uno de Martos ya obligó a María Antonia B.T. a abandonar el municipio tras producirse el citado suceso en el supermercado, prohibiéndole la estancia y cualquier tipo de visita a esta localidad.
Así, por el quebrantamiento de la medida cautelar de alejamiento, el Ministerio Fiscal solicitó el pago de una multa de 3.600 euros y alegó que la acusada tenía "intención" de quebrantar la citada orden.
Por su parte, la defensa pidió la libre absolución de María Antonia B.T. ya que ésta "no tenía la obligación de saber" si la madre de los menores estaba o no en el bar o en el supermercado y porque "tiene libertad de movimiento" pues la restricción no le prohíbe que se acerque a un lugar concreto.
María Antonia B.T. fue condenada a once años y seis meses de prisión por rociar con ácido a estos dos años y a su cuidadora en mayo de 2003 al creer que la madre de los menores mantenía una relación con su marido. Además, también se le impuso la prohibición de residir en Martos durante los diez años y medio posteriores a su salida de prisión.
Asimismo, se le impuso el pago de una indemnización de 600.000 euros para la niña --que resultó la más perjudicada al perder la visión de un ojo y prácticamente la del otro--, así como otras de 3.200 euros para el hermano y de 3.500 para la cuidadora. También tendrá que hacer frente al pago de costas, incluidas las de las acusaciones particulares.