Penas de hasta cuatro años y medio de cárcel para miembros del clan familiar acusados de vender droga

Actualizado: jueves, 2 julio 2015 15:42

JAÉN, 15 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén ha impuesto penas de entre cuatro y medio y tres años de cárcel contra nueve de los diez miembros de un "clan familiar" juzgados a final de septiembre como presuntos autores de delitos contra la salud pública que habrían cometido al vender droga desde sus domicilios.

En concreto, la Audiencia ha condenado a cuatro años, seis meses y un día de prisión a la matriarca del clan, S.C.C. --cuya pena está aumentada por la circunstancia agravante de reincidencia--, así como a tres años a los restantes procesados --A.M.C., E.M.C.M., A.M.C., C.M.H., J.M.C., S.M.C., I.M.H. y D.M.G.--, con excepción hecha de S.M.H., que ha sido finalmente absuelto después de que el fiscal retirase los cargos contra él en la sesión final del juicio.

La sentencia, consultada por Europa Press y de la que se hacen eco este miércoles medios locales, considera probado que los ahora condenados constituían un "clan familiar" residente en Úbeda (Jaén), conformado por la madre S.C.C., sus hijos A.M.C. y A.M.C., las respectivas esposas de éstos --E.M.C.M. y C.M.H.--, sus sobrinos J.M.C. y S.M.C., y las esposas de éstos, identificadas como I.M.H. y D.M.G., que "al menos durante los primeros meses de 2013" se dedicaron "a la venta de sustancias estupefacientes".

Para ello se valían de la vivienda de la madre del clan, el lugar "donde se guarda la droga", que posteriormente "se distribuye a los domicilios de los demás acusados", donde "se realiza la venta de sustancias tales como cocaína, heroína, hachís a terceras personas", según añade la sentencia, fechada el pasado día 10.

Igualmente, el tribunal de la Audiencia confirma que, en el marco de la investigación que ha desembocado en este juicio, efectivos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado realizaron el 21 de marzo de 2013, con los "correspondientes mandatos judiciales", distintos registros en los domicilios de los acusados, que se saldaron con la intervención, en algún caso, de hasta 87,32 gramos de resina de cannabis o de 75,72 gramos de cocaína.

Además, en el marco de dichos registros se localizaron distintas cantidades de dinero de efectivo, que oscilaron entre 649,55 y 10.065 euros en algún caso, así como se intervinieron otros efectos como cartuchos metálicos de nueve milímetros 'Parabellum', un bloc de notas con las cantidades adeudadas por la venta de droga o medicamentos "cuyo comercio no está autorizado en España".

El tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia considera que estos hechos constituyen un delito contra la salud pública, cometido, entre otras, con "sustancias que causan grave daño a la salud", como la cocaína y la heroína, para lo cual se apoya en declaraciones de testigos realizadas durante el juicio, con excepción de dos cuyos testimonios "presentan serios indicios de falsedad", según apunta la sentencia, que acuerda remitir al Juzgado Decano esas declaraciones por si "pudieran ser constitutivas de un delito de falso testimonio".

La Audiencia también se apoya en el resultado de los registros domiciliarios practicados para justificar su sentencia condenatoria, con la intervención de elementos como un bloc con anotaciones que a la sala le resulta "evidente" que "se corresponden con pagos o deudas derivados de la venta de sustancias estupefacientes a terceras personas".

"Todos los acusados forman un clan familiar dedicado al tráfico de sustancias estupefacientes", concluye el tribunal, que precisa, no obstante, que no se trata de "un grupo de personas que se encuentre configurado mediante una estructura de notable complejidad y con una distribución específica de funciones que permita hablar de una auténtica organización delictiva".

Además de a las citadas penas de cárcel, la Audiencia ha impuesto a cada uno de los acusados --que "no consta que trabajen o tengan otra actividad lucrativa"-- multas de 10.000 euros en virtud de una sentencia que no es firme y puede ser recurrida en casación.

Leer más acerca de: