Sanción de 2.001 euros por arrojar una pava desde el campanario de Cazalilla

Anpba, que ha recibido la notificación de la Junta, pide una multa mayor para evitar que el lanzamiento se repita "año tras año"

Foto adjuntada por Asanda en la denuncia para mostrar el lanzamiento de la pava.
Foto: EUROPA PRESS/ASANDA
Europa Press Andalucía
Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 21:39

   JAÉN, 14 Oct. (EUROPA PRESS) -

   La Junta de Andalucía ha sancionado con 2.001 euros a la persona que lanzó una pava viva desde el campanario de la iglesia de Cazalilla (Jaén) el pasado 3 de febrero durante las fiestas de San Blas, según ha informado la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (Anpba) tras recibir la notificación desde la Delegación Territorial de Agricultura y Medio Ambiente.

   Desde este colectivo, se ha recordado que fue una mujer la que subió al campanario de la parroquia Santa María de la Magdalena llevando agarrado el animal, que, "desde las alturas, exhibió al público congregado abajo, sacándola por diversos ventanales hasta que la lanzó al vacío".

   Como consecuencia de esa acción, Anpba interpuso la correspondiente denuncia administrativa ante la Delegación Territorial de Jaén de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente al entender que se estaba "infringiendo así la Ley andaluza de Protección Animal, que prohíbe la utilización de animales en fiestas y espectáculos si con ello son sometidos a tratamientos antinaturales o malos tratos".

   De hecho, ha recordado en una nota que en 2004 el Departamento de Sanidad Animal de la Junta de Andalucía emitió un Informe en el que se establecía, mediante valoración técnico-científica, que el lanzamiento de la pava desde el campanario "provoca a dicho animal sufrimientos y daños injustificados y antinaturales".

   Ahora, según ha confirmado a Europa Press la asociación, ha recibido un oficio en el que se le notifica que "la delegada territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Jaén (Irene Sabalete) ha resuelto sancionar con una multa de 2.001 euros a la mencionada mujer", una multa que "se impone por la comisión de una infracción administrativa muy grave" de la referida normativa autonómica.

   En este sentido y aunque ha valorado la imposición de una sanción, Anpba ha defendido que su cuantía "debería ser significativamente aumentada", ya que "año tras año una pava es lanzada desde el campanario por un individuo u otro, y la Ley de Protección Animal, flagrantemente vulnerada". Por ello, al ser la "la mínima posible para las infracciones muy graves, no logra imponer el carácter disuasorio que debería ser inherente a toda sanción".

   Al hilo, ha apuntado que el artículo 131 de la Ley de Procedimiento Administrativo dispone que, al establecer las cuantías de las sanciones, las administraciones deberán prever que el hecho de cometer una infracción no le resulte más beneficioso al infractor que cumplir con la legalidad.

   "De acuerdo con este principio, de proporcionalidad, Anpba entiende que una sanción mayor, que podría alcanzar los 30.000 euros al tratarse de una infracción muy grave, más temprano que tarde acabaría erradicando este espectáculo ilegal", ha concluido.

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