Tribunales.- La Audiencia ha celebrado 91 juicios con jurado desde la entrada en vigor de la ley en 1995

Acceso a la Audiencia Provincial de Jaén
EUROPA PRESS
Actualizado: sábado, 26 septiembre 2015 11:09

JAÉN, 26 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Jaén ha celebrado 91 juicios con jurado popular desde la entrada en vigor de la ley en 1995, según datos del Consejo General del Poder Judicial. Cuando se cumplen 20 años de la entrada en vigor de la Ley del Tribunal del Jurado, la Audiencia de Jaén ha comprobado como el número de casos juzgados por jueces no profesionales se ha reducido considerablemente.

Mientras que en la primera década, de 1995 a 2004, fueron 51 los casos juzgados con jurado popular en la Audiencia, en la segunda década, desde 2005 a 2015, el número se ha reducido a 40. Los veredictos emitidos en más de un 90 por ciento de los casos han sido de culpabilidad, una tónica en consonancia con el resto de audiencias provinciales.

En la Audiencia de Jaén, la Ley del Tribunal del Jurado se estrenó casi tres años después de entrar en vigor la normativa. Fue el 21 de abril de 1998. Sin embargo, en este caso no llegó a constituirse el tribunal ya que el acusado, que debía responder por un delito de homicidio se conformó antes de la constitución del jurado con una pena de 6 años de prisión. Habría que esperar a mayo de ese mismo año para ver el primer juicio con jurado en la Audiencia de Jaén.

La presidenta de la Audiencia de Jaén, Elena Arias Salgado, ha destacado a Europa Press lo positivo de una iniciativa que ha permitido fundamentalmente que "los ciudadanos participen activamente en administrar justicia" con lo que han mostrado a jueces y magistrados "su forma de pensar y valorar pruebas a la hora de enfrentarse a un delito y a tener que juzgarlo".

En la práctica, dice Arias Salgado, estos 20 años han demostrado que se trata de una ley que resulta "un poco complicada en su aplicación" y además la mayoría de las personas que son llamadas a formar parte de un jurado "intentan excusarse" para no tener que afrontar el valorar la culpabilidad o inocencia del acusado y también porque "les desorganiza la vida" durante los días en que se desarrolla el juicio.

Además, dice la presidenta de la Audiencia, estas dos décadas de experiencia han revelado que hay un gran número de delitos como puede ser el allanamiento de morada, las negociaciones prohibidas o el incendio forestal que están previstos en la Ley para someterse a la consideración del jurado, sin embargo es "algo absurdo" ya que en la práctica no se ven porque previamente se llega a acuerdo entre las partes para evitar precisamente que se acabe en un juicio.

La conclusión para Elena Arias Salgado es que la ley es "manifiestamente mejorable" y que las personas que forman parte de los jurados deberían serlo voluntariamente.

Por su parte, el fiscal jefe de la Audiencia de Jaén, Carlos Rueda, ha indicado a Europa Press que la experiencia de estos 20 años de tribunal con jurado ha sido "positiva" porque "por regla general han actuado con bastante sentido común y sus sentencias han sido en su inmensa mayoría acordes con lo que pedía desde Fiscalía".

Rueda ha subrayado que en la inmensa mayoría de los casos juzgados en Jaén han sido delitos contra la vida como son homicidios y asesinatos porque son "los que la gente normal entiende mejor y sobre los que les resulta más fácil llegar a una conclusión razonable".

Precisamente, tanto Rueda como Arias Salgado coinciden en que una de las causas del descenso en el número de juicios con jurados populares es una interpretación más restrictiva de aquellos casos que pueden ser resueltos con un tribunal ciudadano.

La ley exige al jurado que su veredicto sea motivado. Son pocos los juicios que se han visto cuestionados por órganos superiores. Entre los casos más recordados está la decisión del TSJA que ordenó la repetición del juicio contra José Manuel L.C., vecino de Andújar (Jaén) que fue condenado en diciembre de 2003 a 12 años y seis meses de cárcel por la muerte de su esposa, Mercedes Cano, de 27 años, a la que tiró por el balcón.

La sala del TSJA pidió que el juicio se celebrara de nuevo con diferente juez-magistrado de presidente, decisión que fundamentó en una "defectuosa" motivación del veredicto y por la "extralimitación" en sus funciones del juez-magistrado. Es una de las excepciones de una Ley que tanto desde Fiscalía como desde la presidencia de la Audiencia se considera que ha funcionado correctamente.

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