Absuelto un joven de abuso sexual tras no lograr identificar la víctima al autor de los hechos

Actualizado: lunes, 11 junio 2012 19:53

SEVILLA, 11 Jun. (EUROPA PRESS) -

Un joven de 19 años identificado como R.J.F.V. ha sido absuelto del delito de agresión sexual que pesaba sobre él como consecuencia de la denuncia promovida por una joven de Sevilla víctima de un tocamiento en sus genitales ocurrido cuando este joven, junto a dos menores, abordaron a la muchacha y a su pareja en una noche de la primavera de 2011. El procedimiento judicial emprendido para resolver la denuncia ha tipificado finalmente los hechos merced a un delito de abuso sexual, pero la "incertidumbre" relativa a su autoría ha motivado esta absolución.

La sentencia, fechada el 29 de mayo y recogida por Europa Press, describe como hechos probados que en la madruga del 15 de mayo de 2011, la joven M.A.N.G. caminaba por el Paseo de Juan Carlos I en compañía de su amigo Adrián S.F., quien a la sazón llevaba consigo una botella de vino. Entonces, la pareja habría sido abordada por un joven mayor de edad, vecino de Camas e identificado como R.J.F.V., a quien acompañaban dos menores de edad. Todos ellos habrían conminado a Adrián S.F. a entregarles la botella de vino que llevaba consigo, extremo que habría aceptado el joven.

PROVOCACIÓN OBSCENA

Entonces, R.J.F.V. "y sus acompañantes" habrían provocado a la pareja preguntando a la joven "qué" hacía" con Adrián S.F. y "por qué" estaba con él, pues la tesis del acusado y sus acompañantes partía de la premisa de que "mejor te follo yo". R.J.F.V. y los dos menores, según los hechos probados, siguieron a la pareja y mientras uno de los tres jóvenes del bando del acusado intimidaba a Adrián S.F., los dos restantes bloquearon el caminar de la joven. Entonces, uno de ellos la empujó "levemente" tocándole el hombro derecho y otro "de forma sorpresiva e inopinada metió una mano entre las piernas de la joven, tocándole la zona genital", tras lo cual el joven habría emprendido la fuga.

Para R.J.F.V., el Ministerio Fiscal reclamaba seis años de cárcel y una indemnización de 10.000 euros en favor de M.A.N.G. por un delito de agresión sexual o, en su defecto, una pena "de grado medio" si los hechos eran finalmente calificados como abuso sexual. Pues bien, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla sencillamente ha absuelto al acusado y ha declarado de oficio las costas.

SIN IDENTIFICAR EL AUTOR DE LOS HECHOS

Y es que, según la sentencia, los hechos no pueden ser calificados según la tipificación de agresión sexual porque "no se dan las notas ni de violencia física ni de intimidación" necesarias para tal extremo, con lo que "los hechos (...) son constitutivos de un delito de abuso sexual", si bien "no queda acreditado que el acusado R.J.F.V. fuera la persona" que protagonizase el tocamiento sufrido por la víctima en sus genitales. Porque mientras el procesado ha negado la autoría de los hechos, la joven M.A.N.G. "no ha podido identificar al autor de tal acción de índole sexual".

"Ante la incertidumbre de si fue R.J.F.V. o uno de los menores, procede la absolución del acusado", toda vez que también queda descartado el "supuesto de co autoría" a cuenta del carácter "sorpresivo, súbito e inesperado" del tocamiento motivo de la denuncia.